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Resolución de 17 de junio de 2009, de la Subsecretaría, por la que se establece la aplicación del procedimiento para la presentación de la autoliquidación y las condiciones para el pago por vía telemática de la tasa por la prestación de servicios y gestión de permisos y certificados CITES establecida en la Ley 32/2007, de 7 de noviembre, para el cuidado de los animales, en su explotación, transporte, experimentación y sacrificio.

Country
Type of law
Regulation
Source

Abstract
La presente Resolución tiene por objeto establecer el procedimiento para la presentación de la autoliquidación y las condiciones para el pago por vía telemática de la tasa por la prestación de servicios y gestión de permisos y certificados en el ámbito del Convenio sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres (CITES) establecida en la disposición adicional segunda de la Ley 32/2007, de 7 de noviembre, para el cuidado de los animales, en su explotación, transporte, experimentación y sacrificio.
Los sujetos pasivos que pueden efectuar el pago de esta tasa, son las personas físicas o jurídicas que soliciten la expedición de: Permisos CITES de importación; Permisos CITES de exportación; Certificados CITES de reexportación; Certificados de uso comunitario.
El texto describe los modelos normalizados para el pago de la tasa, el registro electrónico de tramitación del procedimiento; los requisitos para el pago telemático; el procedimiento para la solicitud y pago de la tasa por vía telemática.
Date of text
Repealed
No
Publication reference
Boletín Oficial del Estado Núm. 151 Martes 23 de junio de 2009 Sec. I. Pág. 52289.
Source language

Spanish

Legislation Amendment
No