Orden Nº 4/1989 - Regula corta de árboles y su aprovechamiento fuera de la realizada por empresarios forestales.
Country
Type of law
Regulation
Abstract
La presente Orden, que consta de 14 artículos, dispone que la actividad de corta de árboles en bosques y fincas agrícolas por los usuarios de motosierras debe estar amparada por una autorización del MINAGRI-GPF (art. 1º). Toda autorización estará sujeta al pago de un canon global anual por motosierra (art. 4º). Se prohíbe: a) la corta de todo tipo de árbol cuyo diámetro a la altura del pecho sea inferior a 60 cm; b) la corta de árboles de las especies Oveng, Abebay, Nsamanguila, Mbero, Etom, Ndongmanguila y Palisandro; y c) la corta de árboles en parques, áreas protegidas y reservas de poblados (art. 6º).
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Date of text
Repealed
No
Publication reference
Legislación Forestal y de Conservación de la Naturaleza en Guinea Ecuatorial. Malabo, Ministerio de Agricultura y Forestal, 1993, 2 págs.
Source language
Spanish
Legislation Amendment
No