Decreto Nº 1441 - Código de Trabajo de Guatemala.
Country
Type of law
Legislation
Abstract
El presente Código regula los derechos y obligaciones de patronos y trabajadores, con ocasión del trabajo, y crea instuciones para resolver sus conflictos. El Código regula, entre otra cosas, lo relativo a contratos y pactos de trabajo, contrato individual, contrato colectivo, pactos colectivos de condiciones de trabajo, obligaciones de los patronos, obligaciones de los trabajadores, suspensión y terminación de los contratos de trabajo, salarios, jornadas de trabajo, descansos, salario mínimo y su fijación, trabajo sujeto a regímenes especiales, trabajo agrícola y ganadero, trabajo de mujeres y menores de edad, trabajo a domicilio, trabajo doméstico, trabajo de transporte, trabajo de aprendizaje, trabajo en el mar y en las vías navegables, régimen de los servidores del Estado y sus instituciones, higiene y seguridad en el trabajo, sindicatos, conflictos colectivos de carácter económico, huelgas y paros, sanciones y responsabilidades, organización administrativa del trabajo, etc.
El Código se rige por el principio de libertad de trabajo, mediante el cual no se puede impedir a una persona su derecho al trabajo. Sin embargo, las normas laborales son de orden público, por lo que al ocurrir su aplicación, el interés privado debe ceder ante el interés social o colectivo. Las normas laborales constituyen pues un mínimum de garantías sociales, protectoras del trabajador, irrenunciables únicamente para éste y llamadas a desarrollarse posteriormente en forma dinámica, en estricta conformidad con las posibilidades de cada empresa patronal, mediante la contratación individual o colectiva y, de manera muy especial, por medio de los pactos colectivos de condiciones de trabajo. Esto se traduce en el principio de irrenunciabilidad de derechos, el cual implica la nulidad ipso jure de todos los actos o estipulaciones contrarias al mínimo de garantías laborales. Las leyes de trabajo o de previsión social prevalecen en caso de conflictos con leyes de otra índole.
El Código permite que el contrato individual de trabajo sea verbal y no escrito cuando se refiera a las labores agrícolas o ganaderas, entre otras. En este caso el patrono queda sin embargo obligado a suministrar al trabajador, en el momento en que se celebre el contrato, una tarjeta o constancia que únicamente debe contener la fecha de iniciación de la relación de trabajo y el salario estipulado y, al vencimiento de cada período de pago, el número de días o jornadas trabajadas, o el de tareas u obras realizadas. El Ministerio de Trabajo y Previsión Social no autorizará contratos con trabajadores guatemaltecos para la prestación de servicios o ejecución de obras en el exterior si los trabajadores son menores de edad, y si los trabajadores no garan
En el Capítulo primero del Título cuarto se regula el trabajo agrícola y ganadero. Se regula materias como el reclutamiento de trabajadores campesinos, trabajo de mujeres y menores de edad, derecho a habitación, el deber de la Inspección General de Trabajo de instruir a los trabajadores campesinos, el deber del Ministerio de Trabajo y Previsión Social de reglamentar el presente capítulo, etc.
El Código se rige por el principio de libertad de trabajo, mediante el cual no se puede impedir a una persona su derecho al trabajo. Sin embargo, las normas laborales son de orden público, por lo que al ocurrir su aplicación, el interés privado debe ceder ante el interés social o colectivo. Las normas laborales constituyen pues un mínimum de garantías sociales, protectoras del trabajador, irrenunciables únicamente para éste y llamadas a desarrollarse posteriormente en forma dinámica, en estricta conformidad con las posibilidades de cada empresa patronal, mediante la contratación individual o colectiva y, de manera muy especial, por medio de los pactos colectivos de condiciones de trabajo. Esto se traduce en el principio de irrenunciabilidad de derechos, el cual implica la nulidad ipso jure de todos los actos o estipulaciones contrarias al mínimo de garantías laborales. Las leyes de trabajo o de previsión social prevalecen en caso de conflictos con leyes de otra índole.
El Código permite que el contrato individual de trabajo sea verbal y no escrito cuando se refiera a las labores agrícolas o ganaderas, entre otras. En este caso el patrono queda sin embargo obligado a suministrar al trabajador, en el momento en que se celebre el contrato, una tarjeta o constancia que únicamente debe contener la fecha de iniciación de la relación de trabajo y el salario estipulado y, al vencimiento de cada período de pago, el número de días o jornadas trabajadas, o el de tareas u obras realizadas. El Ministerio de Trabajo y Previsión Social no autorizará contratos con trabajadores guatemaltecos para la prestación de servicios o ejecución de obras en el exterior si los trabajadores son menores de edad, y si los trabajadores no garan
En el Capítulo primero del Título cuarto se regula el trabajo agrícola y ganadero. Se regula materias como el reclutamiento de trabajadores campesinos, trabajo de mujeres y menores de edad, derecho a habitación, el deber de la Inspección General de Trabajo de instruir a los trabajadores campesinos, el deber del Ministerio de Trabajo y Previsión Social de reglamentar el presente capítulo, etc.
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Web site
Date of text
Notes
Edición de 2008 rubricada y concordada con las normas internacionales del trabajo.
Repealed
No
Source language
Spanish
Legislation Amendment
No