Política Nacional de Prevención y Control de Incendios Forestales y Manejo Integrado del Fuego.
Country
Type of law
Policy
Abstract
La presente Política es el resultado de un proceso conjunto de la Fundación ProPetén, el Sistema Nacional de Prevención y Control de Incendios Forestales (SIPECIF) y The Nature Conservancy y establece un marco legal para desarrollar las acciones necesarias para lograr el manejo integrado del fuego en Guatemala, creando capacidades que contribuyan a reducir la incidencia de incendios forestales en el país y logrando construir una cultura para el manejo integrado del fuego en el mediano y largo plazos. En conjunto con la Ley Forestal, la Ley de la Coordinadora Nacional para la Reducción de Desastres de origen natural o provocado (CONRED) y la Política Marco de Gestión Ambiental, constituye la base legal para el fortalecimiento institucional del SIPECIF y el desarrollo de estrategias, programas y planes necesarios para disminuir el impacto que ocasionan los incendios forestales en el país
El objetivo general de la Política es fortalecer el marco político y estratégico para el manejo del fuego en Guatemala, de forma consensuada entre actores de la sociedad civil e instituciones gubernamentales. Sus objetivos específicos incluyen: a. Reducir el número de incendios forestales, los efectos negativos producidos por éstos y reducir el uso inadecuado del fuego; b. Incorporar el uso adecuado del fuego a las políticas de desarrollo y conservación del medio ambiente del Estado; c. Promover cambios de prácticas y procedimientos alternativos al uso del fuego en la agricultura, ganadería y expansión de la frontera urbana, logrando en el largo plazo la eliminación del uso del fuego en las actividades de desarrollo que se realizan; y d. Contribuir al mejoramiento de la calidad de vida de los guatemaltecos en materia de salud, cuidado de la biodiversidad y del suelo.
La Política propuesta en el presente documento (Apartado 5.1), incluye los siguientes Títulos: Título I. Objeto, principios, glosario; Título II. Estructura institucional del sistema nacional de prevención y control de incendios forestales (SIPECIF); Título III. Área de prevención y mitigación de incendios forestales; Título IV. Control y extinción de incendios forestales. Protocolo nacional de control y respuesta a los incendios forestales; Título V. Evaluación, rehabilitación y restauración de áreas afectadas por el fuego; Título VI. Disposiciones transitorias.
El objetivo general de la Política es fortalecer el marco político y estratégico para el manejo del fuego en Guatemala, de forma consensuada entre actores de la sociedad civil e instituciones gubernamentales. Sus objetivos específicos incluyen: a. Reducir el número de incendios forestales, los efectos negativos producidos por éstos y reducir el uso inadecuado del fuego; b. Incorporar el uso adecuado del fuego a las políticas de desarrollo y conservación del medio ambiente del Estado; c. Promover cambios de prácticas y procedimientos alternativos al uso del fuego en la agricultura, ganadería y expansión de la frontera urbana, logrando en el largo plazo la eliminación del uso del fuego en las actividades de desarrollo que se realizan; y d. Contribuir al mejoramiento de la calidad de vida de los guatemaltecos en materia de salud, cuidado de la biodiversidad y del suelo.
La Política propuesta en el presente documento (Apartado 5.1), incluye los siguientes Títulos: Título I. Objeto, principios, glosario; Título II. Estructura institucional del sistema nacional de prevención y control de incendios forestales (SIPECIF); Título III. Área de prevención y mitigación de incendios forestales; Título IV. Control y extinción de incendios forestales. Protocolo nacional de control y respuesta a los incendios forestales; Título V. Evaluación, rehabilitación y restauración de áreas afectadas por el fuego; Título VI. Disposiciones transitorias.
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Web site
Date of text
Entry into force notes
La presente Política fue emitida en Octubre del año 2009 con un horizonte de propuesta indefinido.
Repealed
No
Source language
Spanish
Legislation Amendment
No