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Acuerdo Nº 33-2018 ─ Adopta medidas para facilitar el acceso a los recursos forestales de los pueblos indígenas y afrohondureños.

Country
Type of law
Regulation
Source

Abstract
El presente Acuerdo adopta las medidas necesarias y especiales establecidas en el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), a fin de facilitar el acceso a los recursos forestales de los pueblos indígenas y afrohondureños legalmente establecidos, las que no pueden ser contrarias a los deseos expresados libremente por los pueblos interesados.
Se establece el procedimiento especial para aprobar las autorizaciones de aprovechamientos forestales en las áreas propiedad de los pueblos indígenas y afrohondureños que se encuentran amparados en el Convenio 169 de la OIT y que han sido beneficiadas con procesos de titulación comunitaria e intercomunitaria por parte del Estado, mediante el cual el Instituto Nacional de Conservación y Desarrollo Forestal, Áreas Protegidas y Vida Silvestre (ICF), emitirá el Dictamen de No Objeción establecido artículo 176 del Reglamento General de la Ley Forestal, Áreas Protegidas y Vida Silvestre, como requisito previo a autorizar un Plan de Manejo Forestal. Dicho Dictamen de No Objeción se otorgará siempre que el título que posean esos pueblos indígenas o afrohondureños, haya sido otorgado por el Estado, a favor de aquellos y que se encuentre debidamente registrado en el Instituto de la Propiedad de la jurisdicción correspondiente, requisito esencial y obligatorio para que se emita el dictamen y se otorgue el beneficio anteriormente relacionado.
Date of text
Repealed
No
Serial Imprint
La Gaceta Nº 34.799, 20 noviembre de 2018.
Source language

Spanish

Legislation Amendment
No