Acuerdo Nº 551-2018 ─ Reglamento del Decreto Nº 181-2018, Ley de Racionalización a la Exoneración de Combustibles para la Generación de Energía Eléctrica.
Country
Type of law
Regulation
Abstract
El presente Acuerdo aprueba el Reglamento de la Ley de Racionalización a la Exoneración de Combustibles para la Generación de Energía Eléctrica. Las normas contenidas en el presente Reglamento son de aplicación en el territorio nacional para todas las personas naturales o jurídicas que se dediquen tanto a la producción, transformación, refinación o importación de combustibles para la generación de energía eléctrica.
Están obligados al pago del impuesto denominado Aporte para la Atención a Programas Sociales y Conservación del Patrimonio Vial (ACPV), creado mediante Decreto No.131-98, Ley de Estímulo a la Producción, a la Competitividad y Apoyo al Desarrollo Humano, las personas naturales y jurídicas que se dediquen tanto a la producción, transformación, refinación o importación de combustibles. Los combustibles sujetos al pago del ACPV, son los destinados para la generación de la energía eléctrica como el Bunker “C”, Diésel y Gas Natural, así como la Gasolina Súper, Gasolina Regular, kerosene, LPG y el AV-JET.
Están obligados al pago del impuesto denominado Aporte para la Atención a Programas Sociales y Conservación del Patrimonio Vial (ACPV), creado mediante Decreto No.131-98, Ley de Estímulo a la Producción, a la Competitividad y Apoyo al Desarrollo Humano, las personas naturales y jurídicas que se dediquen tanto a la producción, transformación, refinación o importación de combustibles. Los combustibles sujetos al pago del ACPV, son los destinados para la generación de la energía eléctrica como el Bunker “C”, Diésel y Gas Natural, así como la Gasolina Súper, Gasolina Regular, kerosene, LPG y el AV-JET.
Attached files
Web site
Date of text
Notes
Deroga el Acuerdo Nº 5 de 2003.
Repealed
No
Serial Imprint
La Gaceta Nº 34.725, 22 de agosto de 2018.
Source language
Spanish
Legislation Amendment
No