Acuerdo Nº 944-2015 ─ Reglamento del Registro nacional de prestadores de servicios ambientales.
Country
Type of law
Regulation
Abstract
El presente Acuerdo reglamenta el Registro nacional de prestadores de servicios ambientales, que está a cargo de la Dirección General de Evaluación y Control Ambiental (DECA), y que tiene por objetivos: 1) Constituir un Registro Nacional de Prestadores de Servicios Ambientales con el fin de contribuir al mejoramiento de la calidad profesional y al establecimiento de la normativa que regirá la prestación de servicios ambientales ofertados en el país; 2) Establecer una base de datos pertinente a los Prestadores de Servicios Ambientales en MIAMBIENTE, debidamente capacitados, acreditados o certificados a efecto de crear un sistema de información que permita que los solicitantes de dichos servicios puedan encontrar oferentes calificados; asimismo, asegurarse que estos oferentes posean los conocimientos y experiencia requerida; 3) Establecer los derechos, deberes y/o responsabilidades que los Prestadores de Servicios Ambientales tendrán en el proceso de Licenciamiento Ambiental vigente; 4) Establecer las infracciones y sanciones por incumplimientos a las responsabilidades de los Prestadores de Servicios Ambientales en el proceso de Licenciamiento Ambiental vigente.
Se crea el Equipo Institucional de Capacitación con la finalidad de desarrollar y actualizar la capacitación de los Prestadores de Servicios Ambientales; supervisar y garantizar la calidad de los servicios de capacitación que brindarán las universidades que sean validadas por MIAMBIENTE para ofrecer los servicios de formación de Prestadores de Servicios Ambientales, tanto en proceso de regularización para aquellos inscritos anteriormente a la vigencia del presente Reglamento y formación para aquellos Prestadores de Servicios Ambientales que se inscribirán al Registro a partir de la vigencia de este Reglamento, previamente a completar el proceso de Certificación o Acreditación.
Se crea el Equipo Institucional de Capacitación con la finalidad de desarrollar y actualizar la capacitación de los Prestadores de Servicios Ambientales; supervisar y garantizar la calidad de los servicios de capacitación que brindarán las universidades que sean validadas por MIAMBIENTE para ofrecer los servicios de formación de Prestadores de Servicios Ambientales, tanto en proceso de regularización para aquellos inscritos anteriormente a la vigencia del presente Reglamento y formación para aquellos Prestadores de Servicios Ambientales que se inscribirán al Registro a partir de la vigencia de este Reglamento, previamente a completar el proceso de Certificación o Acreditación.
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Web site
Date of text
Repealed
No
Serial Imprint
La Gaceta Nº 34.555, 30 de enero de 2018.
Source language
Spanish
Legislation Amendment
No