Decreto Ejecutivo Nº PCM-037-2019 ─ Crea el Sistema de Centros de Innovación Tecnológica y Agrícola (SCITA).
Country
Type of law
Regulation
Abstract
El presente Decreto crea el Sistema de Centros de Innovación Tecnológica y Agrícola (SCITA), como un programa dependiente de la Secretaría de Estado en el Despacho de Educación, que tiene como objeto fortalecer la formación agrícola de Honduras de manera integral, contemplando los aspectos de carácter académico, pedagógico, técnico, productivo, administrativo y de infraestructura, mediante una red de centros especializados que funcionarán en diferentes regiones estratégicas del país.
El SCITA tendrá como fines y objetivos los siguientes: 1) Promover, fortalecer y modernizar la formación técnica a nivel de educación media y de educación no formal de las ciencias agrícolas y de otras áreas afines con la innovación tecnológica que el país demande para que contribuya a su crecimiento económico sostenible; 2) Desarrollar e implementar una malla curricular especializada en ciencias agrícolas y otras áreas de innovación tecnológica afines a nivel de Educación Media y otras propuestas por el Consejo Consultivo del SCITA; 3) Extender títulos autorizados por la Secretaría de Estado en el Despacho de Educación, de las diferentes carreras y/o especialidades propuestas por el Consejo Consultivo del SCITA; 4) Desarrollar e implementar ofertas de capacitaciones para la adquisición de conocimientos y actualización en materia agrícola y otras áreas de innovación tecnológica afines, otorgando certificados expedidos por el SCITA; 5) Desarrollar y ejecutar planes de acompañamiento pedagógico para monitorear la implementación de la malla curricular; 6) Alcanzar un modelo de administración autosostenible del SCITA, y de cada centro educativo adscrito al mismo; 7) Desarrollar programas de investigación, desarrollo y transferencia de tecnología, para contribuir al crecimiento sostenible del sector agrícola del país y potenciar sus oportunidades para competir en el mercado regional y global; 8) Promover espacios de encuentro de tipo pedagógico, de investigación y de transferencia de tecnologías a nivel nacional, regional e internacional, para conocer y adaptar las buenas prácticas en temas agrícolas y áreas de innovación afines; 9) Promover y gestionar la participación y servicios comunitarios de los estudiantes y graduados del SCITA, para que se conviertan en agentes de cambio local.
El SCITA tendrá como fines y objetivos los siguientes: 1) Promover, fortalecer y modernizar la formación técnica a nivel de educación media y de educación no formal de las ciencias agrícolas y de otras áreas afines con la innovación tecnológica que el país demande para que contribuya a su crecimiento económico sostenible; 2) Desarrollar e implementar una malla curricular especializada en ciencias agrícolas y otras áreas de innovación tecnológica afines a nivel de Educación Media y otras propuestas por el Consejo Consultivo del SCITA; 3) Extender títulos autorizados por la Secretaría de Estado en el Despacho de Educación, de las diferentes carreras y/o especialidades propuestas por el Consejo Consultivo del SCITA; 4) Desarrollar e implementar ofertas de capacitaciones para la adquisición de conocimientos y actualización en materia agrícola y otras áreas de innovación tecnológica afines, otorgando certificados expedidos por el SCITA; 5) Desarrollar y ejecutar planes de acompañamiento pedagógico para monitorear la implementación de la malla curricular; 6) Alcanzar un modelo de administración autosostenible del SCITA, y de cada centro educativo adscrito al mismo; 7) Desarrollar programas de investigación, desarrollo y transferencia de tecnología, para contribuir al crecimiento sostenible del sector agrícola del país y potenciar sus oportunidades para competir en el mercado regional y global; 8) Promover espacios de encuentro de tipo pedagógico, de investigación y de transferencia de tecnologías a nivel nacional, regional e internacional, para conocer y adaptar las buenas prácticas en temas agrícolas y áreas de innovación afines; 9) Promover y gestionar la participación y servicios comunitarios de los estudiantes y graduados del SCITA, para que se conviertan en agentes de cambio local.
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Date of text
Repealed
No
Serial Imprint
La Gaceta Nº 35.006, 26 de julio de 2019.
Source language
Spanish
Legislation Amendment
No