Decreto Nº 133-2018 ─ Establece amnistía en el pago de multas por la no presentación o presentación extemporánea del Informe de Cumplimiento de Medidas Ambientales (ICMA).
Country
Type of law
Legislation
Abstract
El presente Decreto Legislativo establece amnistía en el pago de multas por la no presentación o presentación extemporánea del Informe de Cumplimiento de Medidas Ambientales (ICMA), establecida por la Secretaría de Estado en los Despachos de Recursos Naturales y Ambiente. La amnistía es para aquellos proyectos que de acuerdo a la Tabla de Categorización emitida por MI AMBIENTE+, se encuentren en Categoría 1, 2 y 3 con Licencia Ambiental, exceptuando proyectos de alto impacto ambiental categoría 4, proyectos de Generación de Energía (Categoría 2, 3 y 4), Telecomunicaciones y Proyectos Mineros indistintamente de su categoría.
La amnistía no será aplicable si los proyectos, obras o actividades que se encuentran en la Categoría 1, 2 y 3 durante el retraso de presentación del Informe de Cumplimiento de Medidas Ambientales (ICMA) han producido daños al medio ambiente y a los recursos naturales.
La amnistía no será aplicable si los proyectos, obras o actividades que se encuentran en la Categoría 1, 2 y 3 durante el retraso de presentación del Informe de Cumplimiento de Medidas Ambientales (ICMA) han producido daños al medio ambiente y a los recursos naturales.
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Web site
Date of text
Repealed
No
Serial Imprint
La Gaceta Nº 34.881, 26 de febrero de 2019.
Source language
Spanish
Legislation Amendment
No