Decreto Nº 31-2020 ─ Ley especial de aceleración económica y protección social frente a los efectos del coronavirus COVID-19.
Country
Type of law
Legislation
Abstract
La presente Ley especial de aceleración económica y protección social frente a los efectos del coronavirus COVID-19, para alcanzar la suficiencia y sostenibilidad financiera del Fondo para la Promoción Solidaria y de Auxilio Recíproco del PLAN-PROSOLIDAR, relacionado con la contribución establecida en la Ley Marco del Sistema de Protección Social, la misma que debe ser destinada exclusivamente al pago de los gastos operativos y administrativos de la Red Integral Pública de Servicios de Salud del Instituto Hondureño de Seguridad Social (IHSS), dispone que la asignación de recursos presupuestarios debe ser consignada por la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas dentro del Presupuesto General de la República aprobado cada año por el Congreso Nacional, considerando la tabla incremental de adecuación gradual y progresiva que establece.
La Secretaría de Estado en el Despacho de Salud, el Instituto Hondureño de Seguridad Social (IHSS) y otras entidades Públicas o público privadas, pueden suscribir convenios con la unidad de Inversión Estratégica de Honduras (Invest- Honduras), la Agencia de Compras y Contrataciones de Naciones Unidas (UNOPS), u otros organismos nacionales o internacionales de similar propósito y naturaleza para la compra y contratación directa de obras públicas, adquisición de suministros y servicios. Inversión Estratégica de Honduras (Invest-Honduras) queda autorizado para la contratación directa de las obras, bienes y servicios necesarios para acelerar la inversión en la red vial oficial con el propósito de contrarrestar los efectos económicos negativos de la pandemia. Para los efectos de esta Ley, las referidas entidades pueden utilizar mecanismos especiales y expeditos para la contratación directa de obras, bienes y servicios, haciendo uso de reglas, manuales, procesos y normativas internamente aprobadas, necesarias para el cumplimiento de su mandato.
Se autoriza al Comité Técnico del Fideicomiso del Fondo de Inversiones y Telecomunicaciones y las Tecnologías de la Información (TIC) que traslade e incorpore los recursos que sean necesarios en las partidas presupuestarias que la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas (SEFIN) instruya para la ejecución del proyecto con la finalidad de dar cumplimiento a la implementación de una solución integrada de Gobierno Digital.
Se dispone que los empleados de cualquier entidad pública o privada pueden desarrollar sus labores total o parcialmente a distancia de su local de trabajo empleando las tecnologías de la información y la comunicación. Los empleados sujetos a este régimen no requieren tener un horario de trabajo, pero deben laborar la cantidad de horas o desarrollar la actividad que negocien con su empleador respetando la cantidad máxima de horas señaladas en la legislación laboral.
La Secretaría de Estado en el Despacho de Salud, el Instituto Hondureño de Seguridad Social (IHSS) y otras entidades Públicas o público privadas, pueden suscribir convenios con la unidad de Inversión Estratégica de Honduras (Invest- Honduras), la Agencia de Compras y Contrataciones de Naciones Unidas (UNOPS), u otros organismos nacionales o internacionales de similar propósito y naturaleza para la compra y contratación directa de obras públicas, adquisición de suministros y servicios. Inversión Estratégica de Honduras (Invest-Honduras) queda autorizado para la contratación directa de las obras, bienes y servicios necesarios para acelerar la inversión en la red vial oficial con el propósito de contrarrestar los efectos económicos negativos de la pandemia. Para los efectos de esta Ley, las referidas entidades pueden utilizar mecanismos especiales y expeditos para la contratación directa de obras, bienes y servicios, haciendo uso de reglas, manuales, procesos y normativas internamente aprobadas, necesarias para el cumplimiento de su mandato.
Se autoriza al Comité Técnico del Fideicomiso del Fondo de Inversiones y Telecomunicaciones y las Tecnologías de la Información (TIC) que traslade e incorpore los recursos que sean necesarios en las partidas presupuestarias que la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas (SEFIN) instruya para la ejecución del proyecto con la finalidad de dar cumplimiento a la implementación de una solución integrada de Gobierno Digital.
Se dispone que los empleados de cualquier entidad pública o privada pueden desarrollar sus labores total o parcialmente a distancia de su local de trabajo empleando las tecnologías de la información y la comunicación. Los empleados sujetos a este régimen no requieren tener un horario de trabajo, pero deben laborar la cantidad de horas o desarrollar la actividad que negocien con su empleador respetando la cantidad máxima de horas señaladas en la legislación laboral.
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Date of text
Entry into force notes
Rige a partir de su publicación.
Repealed
No
Serial Imprint
La Gaceta Nº 35.199, 13 de marzo de 2020.
Source language
Spanish
Legislation Amendment
No