Decreto Nº 68/45 - Modifica el artículo 40 reformado de la Ley de aprovechamiento de aguas nacionales de 1927.
Country
Type of law
Legislation
Abstract
El artículo 1º del Decreto establece que para el riego libre de fincas de hasta 20 hectáreas no es necesario el trámite establecido en el artículo 40 reformado de la Ley de aprovechamiento de aguas nacionales; el interesado declarará, por escrito, ante el responsable local, los datos pertinentes y en base a los cuales se llevará un libro de registro, cuyos datos serán trasmitidos para fines estadísticos al Ministerio de Fomento, Agricultura y Trabajo.
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Date of text
Repealed
No
Source language
Spanish
Legislation Amendment
No