Acuerdo por el que se da a conocer el distintivo nacional de los productos orgánicos y se establecen las reglas generales para su uso en el etiquetado de los productos certificados como orgánicos.
Country
Type of law
Regulation
Abstract
El presente Acuerdo tiene por objeto las reglas de uso del Distintivo Nacional de los Productos Orgánicos con las especificaciones y características que deben cumplimentarse. El objetivo es permitir a los consumidores una clara identificación de los productos que cumplen con los criterios de producción orgánica, y disponer de un etiquetado informativo que incluya un distintivo que simbolice la producción orgánica de México e identifique claramente los productos. Estarán obligados a cumplir con lo dispuesto en el presente Acuerdo, las personas físicas o morales que produzcan, cosechen, capturen, realicen recolección, elaboren, preparen, procesen, acondicionen, empaquen, almacenen, transporten, distribuyan o comercialicen, productos o subproductos como orgánico y en la etiqueta, u otros documentos, hagan declaración de propiedades, incluido el material publicitario, los documentos comerciales y en los puntos de venta, porten el Distintivo Nacional para productos orgánicos.
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Date of text
Repealed
No
Serial Imprint
Diario Oficial de la Federación, 25 de octubre de 2013.
Source language
Spanish
Legislation Amendment
No