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Acuerdo por el que se establece la cuota de captura para el aprovechamiento de atún aleta azul (Thunnus orientalis) en aguas de jurisdicción federal de los Estados Unidos Mexicanos en el Océano Pacífico y en aguas marinas que se encuentran en el área de regulación de la Comisión Interamericana del Atún Tropical para los años 2017 y 2018.

Country
Type of law
Regulation
Source

Abstract
Las disposiciones del presente Acuerdo aplicarán en los años 2017 y 2018 para las embarcaciones de bandera mexicana que operan al amparo de un permiso o concesión de pesca, dedicadas al aprovechamiento de atún aleta azul en aguas marinas de jurisdicción federal de los Estados Unidos Mexicanos en el Océano Pacífico y en las aguas delimitadas por el área de regulación de la Comisión Interamericana del Atún Tropical (CIAT). Las capturas de atún aleta azul (Thunnus orientalis) durante las actividades de pesca deportivo-recreativa con embarcaciones de bandera mexicana que operan al amparo de un permiso para la realización de pesca deportivo-recreativa, en aguas marinas de jurisdicción federal de los Estados Unidos Mexicanos en el Océano Pacífico, tendrán un límite máximo de dos ejemplares diarios por pescador.
Date of text
Entry into force notes
El presente Acuerdo entró en vigencia el 4 de mayo de 2017.
Repealed
No
Serial Imprint
Diario Oficial de la Federación, 3 de mayo de 2017.
Source language

Spanish

Legislation Amendment
No