This content is exclusively provided by FAO / FAOLEX

Acuerdo por el que se establecen los Lineamientos para la constitución, actualización, autenticidad, inalterabilidad, seguridad y difusión de la información del Padrón de Beneficiarios.

Country
Type of law
Regulation
Source

Abstract
De conformidad con el artículo 16 del Reglamento de la Ley General de Desarrollo Social, por el presente Acuerdo la Secretaría de Bienestar establece los Lineamientos relativos a la constitución, actualización, autenticidad, inalterabilidad, seguridad y difusión de la información del Padrón de Beneficiarios. Los Lineamientos son de observancia general para las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal que operen o ejecuten Programas de Desarrollo Social. El Padrón de Beneficiarios tiene por objeto, entre otros aspectos: 1. Conocer las características demográficas y socioeconómicas de los beneficiarios de los Programas de Desarrollo Social; 2. Homologar y simplificar la operación de los Programas de Desarrollo Social; 3. Hacer eficiente el otorgamiento de servicios y subsidios; 4. Obtener información para el seguimiento y evaluación de los Programas de Desarrollo Social; 5. Garantizar el cumplimiento de los criterios y requisitos de elegibilidad previstos en los Programas de Desarrollo Social para evitar la duplicidad en la asignación de apoyos o servicios dentro de un mismo Programa; 6. Verificar que las personas que reciban los apoyos o servicios, correspondan con la población objetivo definida en las reglas de operación de cada Programa de Desarrollo Social; 7. Determinar la cobertura poblacional y territorial de los programas de Desarrollo Social, para apoyar con mayor efectividad el desarrollo de los beneficiarios.
Date of text
Repealed
No
Serial Imprint
Diario Oficial de la Federación, 30 de julio de 2020.
Source language

Spanish

Legislation Amendment
No