Aprovechamiento de las especies de camarón de altamar en aguas de jurisdicción federal del Golfo de Mexico y Mar Caribe, asi como las del Oceano Pacífico.
Country
Type of law
Regulation
Abstract
El Acuerdo establece que los equipos de pesca autorizados para la captura de camarón de altamar deberán cumplir las siguientes especificaciones: luz de malla en la sección antebolso de la red no menor de 57,15 mm, y en la del bolso no menor de 50,80 mm. Queda prohibido ademas el empleo de redes de arrastre independientemente de la especie en la zona marina comprendida entre las cero y cinco brazas de profundidad.
Attached files
Date of text
Notes
Que reforma los artículos 1º, 4º y 10 del Acuerdo sobre el mismo tema, del 17 de mayo de 1991.
Repealed
No
Serial Imprint
Diario Oficial de la Federación, 26 de septiembre de 1991, págs. 62 y 63.
Source language
Spanish
Legislation Amendment
No