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Decreto por el que se reforma el párrafo tercero del artículo 131 de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable.

Country
Type of law
Legislation
Source

Abstract
El presente Decreto modifica el párrafo tercero del artículo 131 de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable, el cual se refiere a la coordinación de las diferentes competencias para la implementación de los programas de reforestación, su monitoreo y seguimiento. Asimismo establece que se impulsará la reforestación con especies forestales autóctonas o nativas.
Date of text
Repealed
Yes
Serial Imprint
Diario Oficial de la Federación, 23 de abril de 2012.
Source language

Spanish

Legislation Amendment
No