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Decreto por el que se reforman las fracciones VI, VII y XXIII del artículo 7, I del artículo 26, la denominación del capítulo VII, el artículo 28 y el segundo párrafo del artículo 30 de la Ley del Instituto Nacional de las Mujeres.

Country
Type of law
Legislation
Source

Abstract
A partir de la aprobación del Programa Nacional para la Igualdad entre Mujeres y Hombres, se actualizan algunas disposiciones de la Ley por la que se creó el Instituto Nacional de las Mujeres. En particular, se le asignan al Instituto estas ulteriores atribuciones : proponer, en el marco del Plan Nacional de Desarrollo, el Programa Nacional para la Igualdad entre Mujeres y Hombres y, evaluar periódica y sistemáticamente la ejecución del mismo; establecer y concertar acuerdos y convenios con las autoridades en los tres niveles de gobierno para promover, con la participación, en su caso, de los sectores social y privado, las políticas, acciones y programas que se establezcan en el Programa Nacional para la Igualdad entre Mujeres y Hombres.
Date of text
Repealed
No
Serial Imprint
Diario Oficial de la Federación, 4 de junio de 2015.
Source language

Spanish

Legislation Amendment
No