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Ley de Desarrollo Forestal Sustentable del Estado de Chihuahua.

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Type of law
Legislation
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Abstract
La presente Ley establece los lineamientos generales para la conservación, protección, inspección, vigilancia, sanción, restauración, producción, manejo y aprovechamiento sustentable de los ecosistemas forestales en el Estado de Chihuahua.
A nivel institucional, el Título Segundo de la Ley está dedicado a la organización y administración del sector público forestal. Se establecen las funciones y atribuciones de las autoridades competentes y sus organismos auxiliares. Además, se contempla la celebración de convenios o acuerdos entre el Estado y la Federación.
En materia de política estatal forestal, el Título Tercero define los criterios que deben orientar su adopción. Más concretamente, la política estatal en materia forestal deberá promover la adecuada planeación para lograr un desarrollo forestal sustentable, entendido este como un proceso evaluable y medible mediante criterios e indicadores de carácter ambiental, silvícola, económico y social que tienda a alcanzar una productividad óptima de los recursos forestales sin comprometer el rendimiento sostenido, equilibrio e integridad de los ecosistemas forestales, que mejore el ingreso y la calidad de vida de las personas que participan en la actividad forestal y promueva la generación de valor agregado a los productos forestales en las regiones de origen, diversificando las actividades productivas y creando fuentes de empleo en el sector. La política será implementada a través de los siguientes instrumentos: Plan Estatal de Desarrollo; Programa Sectorial de Desarrollo Rural; Planeación o Programa del Desarrollo Forestal Sustentable; Sistema Estatal de Información Forestal; Inventario Estatal Forestal y de Suelos; Zonificación Forestal.
El Título Cuarto establece disposiciones sobre las unidades de manejo, el aprovechamiento sustentable y las medidas de conservación de los recursos forestales. Se incluyen normas sobre servicios técnicos forestales; ejidos, comunidades, comunidades indígenas, sociedades de pequeños propietarios u otras personas morales relacionadas con el manejo forestal ; autorizaciones en materia forestal. La Ley contempla disposiciones especiales relativas a los recursos forestales que se encuentren en territorios de pueblos y comunidades indígenas (arts. 3-38). Asimismo se regula el cambio de uso del suelo en terrenos forestales o preferentemente forestales. También se establecen normas sobre sanidad vegetal y sobre prevención, combate y control de incendios forestales.
El texto de la Ley está estructurado en los siguientes Títulos: I) Disposiciones generales; II) De la organización y administración del sector público forestal; III) De la Política Estatal en materia forestal; IV) De las unidades de manejo, el aprovechamiento sustentable y las medidas de conservación de los recursos forestales; V) Del fomento al desarrollo forestal; VI) De la participación ciudadana en materia forestal; VII) De los medios de control forestales.
Date of text
Entry into force notes
El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Estado de Chihuahua.
Notes
Ley aprobada por el Decreto No. LXV/EXLEY/0868/2018 XVII P.E. Última Reforma publicada: 19 de mayo de 2021.
Repealed
No
Serial Imprint
Periódico Oficial del Estado No. 85 del 24 de octubre de 2018.
Source language

Spanish

Legislation Amendment
No