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Ley de Desarrollo Rural Sustentable del Estado de Puebla. Texto consolidado.

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Type of law
Legislation
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Abstract
La presente Ley tiene por objeto fomentar el desarrollo rural sustentable del Estado, que se considera de interés público, e incluye la planeación, organización y protección de la producción agropecuaria garantizando la inocuidad; el fomento tecnológico, la industrialización y comercialización de los bienes y servicios agropecuarios; y todas aquellas acciones tendientes a mejorar la calidad de vida de la población, bajo el principio de Inocuidad de los Alimentos que contribuya a la nutrición y la Salud Pública en el Estado.
A tal fin, el Ejecutivo del Estado propiciara la coordinación con los órdenes de Gobierno para impulsar políticas públicas y programas en el medio rural que serán considerados prioritarios para el desarrollo del Estado y que estarán orientados a las siguientes acciones: 1) Promover el bienestar social y económico de los productores, de sus comunidades, de los trabajadores del campo y, en general, de los agentes de la sociedad rural, mediante la diversificación y la generación de empleo, incluyendo el no agropecuario en el medio rural, así como el incremento del ingreso; 2) Corregir disparidades de desarrollo regional a través de la atención diferenciada a las regiones de mayor rezago, mediante una acción integral del Estado que impulse su transformación y la reconversión productiva y económica, con un enfoque productivo de desarrollo rural sustentable; 3) Contribuir a la soberanía y seguridad alimentaria, mediante el impulso de la producción agropecuaria de la Entidad; contemplando a los productores y agentes intervinientes, así como a los pequeños productores en condiciones de pobreza; 4) Fomentar la conservación de la biodiversidad y el mejoramiento de la calidad de los recursos naturales, mediante su protección y aprovechamiento sustentable; 5) Valorar las diversas funciones económicas, ambientales, sociales y culturales de las diferentes manifestaciones de la agricultura en el Estado.
El Gobierno del Estado en el ámbito de su competencia, estimulará la reconversión, en términos de estructura productiva sustentable, incorporación de cambios tecnológicos y de procesos que contribuyan a la productividad y competitividad del sector agropecuario, a la seguridad y soberanía alimentarias y al óptimo uso de las tierras mediante apoyos e inversiones complementarias.
Repealed
No
Source language

Spanish

Legislation Amendment
No