Ley de residuos sólidos del Distrito Federal.
Country
Type of law
Legislation
Date of original text
Date of latest amendment
Abstract
La presente Ley tiene por objeto regular la gestión integral de los residuos sólidos considerados como no peligrosos, así como la prestación del servicio público de limpia. En primer lugar se definen las competencias de las autoridades públicas en esta materia. Asimismo se dispone crear la Comisión para la Gestión Integral de Residuos Sólidos de la Ciudad de México, como órgano interinstitucional de coordinación, monitoreo, seguimiento y evaluación de las políticas, acciones y programas instrumentados por la Administración Pública del Distrito Federal en materia de generación, encierro, acopio, transferencia, selección, tratamiento, manejo, aprovechamiento, valorización y disposición final de residuos.
La Ley fija los criterios a seguir en tema de manejo y gestión de los residuos sólidos no peligrosos, incluyendo: a) adoptar medidas para la reducción de la generación de los residuos sólidos, su reutilización y reciclaje, su separación en la fuente de origen, su recolección y transporte separados, así como su adecuado aprovechamiento, tratamiento y disposición final; b) promover la reducción de la cantidad de los residuos sólidos que llegan a disposición final; c) adoptar medidas preventivas, considerando los costos y beneficios de la acción u omisión, cuando exista evidencia científica que compruebe que la liberación al ambiente de residuos sólidos pueden causar daños a la salud o al ambiente; d) prevenir la liberación de los residuos sólidos que puedan causar daños al ambiente o a la salud humana y la transferencia de contaminantes de un medio a otro; e) prever la infraestructura necesaria para asegurar que los residuos sólidos se manejen de manera ambientalmente adecuada; f) evitar el manejo y disposición de residuos de manejo especial líquidos o semisólidos, sin que hayan sido sometidos a procesos para deshidratarlos, neutralizarlos y estabilizarlos.
La Ley fija los criterios a seguir en tema de manejo y gestión de los residuos sólidos no peligrosos, incluyendo: a) adoptar medidas para la reducción de la generación de los residuos sólidos, su reutilización y reciclaje, su separación en la fuente de origen, su recolección y transporte separados, así como su adecuado aprovechamiento, tratamiento y disposición final; b) promover la reducción de la cantidad de los residuos sólidos que llegan a disposición final; c) adoptar medidas preventivas, considerando los costos y beneficios de la acción u omisión, cuando exista evidencia científica que compruebe que la liberación al ambiente de residuos sólidos pueden causar daños a la salud o al ambiente; d) prevenir la liberación de los residuos sólidos que puedan causar daños al ambiente o a la salud humana y la transferencia de contaminantes de un medio a otro; e) prever la infraestructura necesaria para asegurar que los residuos sólidos se manejen de manera ambientalmente adecuada; f) evitar el manejo y disposición de residuos de manejo especial líquidos o semisólidos, sin que hayan sido sometidos a procesos para deshidratarlos, neutralizarlos y estabilizarlos.
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Date of text
Notes
Última reforma publicada en la G.O.C.D.M.X. el 03 de abril de 2023.
Repealed
No
Serial Imprint
Gaceta Oficial del Distrito Federal, 22 de abril de 2003.
Publication reference
G.O.C.D.M.X. del 03 de abril de 2023.
Source language
Spanish
Legislation Amendment
No