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Ley ganadera del Estado de Nuevo León.

Country
Type of law
Legislation
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Date of latest amendment
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Abstract
La presente Ley regula todo lo concerniente a la explotación de especies animales. Tiene por objeto la planeación, fomento y defensa de la ganadería, así como la organización y orientación para aumentar el rendimiento de su explotación y el aprovechamiento racional de las especies. Sus disposiciones norman la propiedad del ganado, su movilización, sacrificios, productos y subproductos (que incluyen el cuero o piel del animal, el cuerno, la lana, la sangre, la cerda, la cría, la carne seca, las visceras y en general todo aquello que industrializado, beneficiado o en estado natural derive del ganado). En cuanto a la identificación del ganado, se establecen disposiciones sobre las marcas y también se prevén normas aplicables a los animales mostrencos, que son los abandonados o los perdidos cuyo dueño se ignore. En lo que refiere al tránsito de animales, la regla genera es que la persona que conduzca ganado, productos o subproductos de un municipio a otro, deberá ampararse con un certificado zoosanitario, acompañándose de la guía de tránsito.
La ley fomenta la investigación pecuaria y la conservación, mejoramiento y explotación racional de los recursos naturales relacionados con la ganadería. En este sentido, el Ejecutivo del Estado podrá dictar las medidas del caso, para integrar un plan de fomento ganadero que comprenda: a) Estaciones regionales de cría; b) Centros productores de semen; c) Centros productores de embriones; y d) Centros de monta directa y bancos de semen y de embriones.
Asimismo, la Ley regula lo relativo a la avicultura, su control sanitario y movilización. En tema de apicultura, norma lo referente a la instalación de los apiarios, propiedad y marca de las colmenas, su movilización así como sus productos y subproductos. Regula también la porcicultura, granjas porcícolas y el control sanitario de su movilización, productos y subproductos.
En cuanto al manejo racional, la adecuada utilización y la conservación de los recursos naturales relacionados con la ganadería, la Ley contempla el mejoramiento de los pastizales deteriorados, incluyendo el control de las especies nocivas e introducidas y la realización de la infraestructura necesaria, como así también las obras, trabajos y construcciones para la conservación del suelo y del agua.
Notes
Se deroga la Ley Ganadera publicada en el Periódico Oficial del Estado, de fecha 4 de ayo de 1966 y sus reformas.
Repealed
No
Source language

Spanish

Legislation Amendment
No