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Ley ganadera para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave.

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Type of law
Legislation
Date of original text
Date of latest amendment
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Abstract
La presente Ley establece el marco normativo para el fomento, organización, producción, mejoramiento, desarrollo, productividad, aprovechamiento, industrialización, comercialización, sanidad y protección de la ganadería en el Estado. Quedan sujetas a estas disposiciones las personas físicas o morales que se dediquen a la cría, reproducción o explotación de ganado bovino, caballar, mular, asnal, ovino, caprino, porcino, aves de cualesquiera de sus especies, conejos y animales de peletería. Por otro lado, la aparcería de ganado queda regulada por el Código Civil vigente en el Estado, mientras que las actividades apícolas se regularán por la Ley correspondiente.
Para fomentar la ganadería, el Ejecutivo del Estado, a través de la Dirección General de Ganadería, podrá crear establecimientos ganaderos, postas zootécnicas y campos experimentales en las regiones que estime adecuadas.
Cabe destacar el Capítulo Cuarto de la Ley, que está dedicado a la conservación y al mejoramiento de tierras para criaderos, agostaderos y praderas artificiales. En este sentido se declara de orden público e interés social la conservación y adaptación de terrenos para agostaderos, la regeneración de pastizales, formación de praderas en terrenos susceptibles para esos usos, así como la reforestación y preservación de los montes.
El Capítulo Quinto regula la acreditación de la propiedad, las marcas y señales del ganado. Por otro lado, el Capítulo Sexto introduce disposiciones en tema de ganado mostrenco. El Capítulo Séptimo está dedicado al servicio de inspección del ganado y sus productos, que es obligatoria no solamente para verificar su sanidad, sino también el pago de los impuestos y la comprobación de propiedad o posesión. Las restantes disposiciones de la Ley abordan cuestiones relacionadas con la sanidad animal, las organizaciones ganaderas, la movilización del ganado.
La Ley consta de los siguientes Capítulos: I) De la materia de esta Ley; II) Del fomento a la ganadería; III) Exposiciones ganaderas; IV) Conservación y mejroamiento de tierras para criaderos, agostaderos y praderas artificiales; V) Propiedad, marcas y señales del ganado; VI) Ganado mostrenco; VII) Del servicio de la inspección; VIII) Vigilancia y movilización del ganado; IX) Abasto público y venta de los productos animales; X) Sanidad animal; XI) Organizaciones ganaderas; XII) Crédito ganadero; XIII) Procedimiento para la aplicación de sanciones.
Entry into force notes
La presente Ley entrará en vigor diez días después de su publicación en la ‘Gaceta Oficial’ del Estado.
Notes
Última Reforma publicada, 16 de agosto de 2023.Se abrogan las disposiciones que se opongan a la presente Ley, así como la Ley No. 27 de 8 de mayo de 1951.
Repealed
No
Serial Imprint
Gaceta Oficial del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, el 22 de mayo de 1979.
Source language

Spanish

Legislation Amendment
No