Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción.
Country
Type of law
Legislation
Abstract
La presente Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción (SNA), tiene por objeto establecer las bases de coordinación entre la Federación, las entidades federativas, los municipios y las alcaldías de la Ciudad de México, para el funcionamiento del Sistema Nacional previsto en el Artículo 113 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para que las autoridades competentes prevengan, investiguen y sancionen las faltas administrativas y los hechos de corrupción.
Son objetivos de esta Ley: 1) Establecer mecanismos de coordinación entre los diversos órganos de combate a la corrupción en la Federación, las entidades federativas, los municipios y las alcaldías de la Ciudad de México; 2) Establecer las bases mínimas para la prevención de hechos de corrupción y faltas administrativas; 3) Establecer las bases para la emisión de políticas públicas integrales en el combate a la corrupción, así como en la fiscalización y control de los recursos públicos; 4) Establecer las directrices básicas que definan la coordinación de las autoridades competentes para la generación de políticas públicas en materia de prevención, detección, control, sanción, disuasión y combate a la corrupción; 5) Regular la organización y funcionamiento del SNA, su Comité Coordinador y su Secretaría Ejecutiva; 6) Establecer las bases, principios y procedimientos para la organización y funcionamiento del Comité de Participación Ciudadana; 7) Establecer las bases y políticas para la promoción, fomento y difusión de la cultura de integridad en el servicio público, así como de la rendición de cuentas, de la transparencia, de la fiscalización y del control de los recursos públicos; 8) Establecer las acciones permanentes que aseguren la integridad y el comportamiento ético de los Servidores públicos; 9) Establecer las bases del Sistema Nacional de Fiscalización; 10) Establecer las bases mínimas para crear e implementar sistemas electrónicos para el suministro, intercambio, sistematización y actualización de la información que generen las instituciones competentes de los órdenes de gobierno.
— El SNA tiene por objeto establecer principios, bases generales, políticas públicas y procedimientos para la coordinación entre las autoridades de todos los órdenes de gobierno en la prevención, detección y sanción de faltas administrativas y hechos de corrupción, así como en la fiscalización y control de recursos públicos, y las políticas públicas que establezca deberán ser implementadas por todos los Entes públicos. — El Comité de Participación Ciudadana tiene como objetivo coadyuvar al cumplimiento de los objetivos, así como ser la instancia de vinculación con las organizaciones sociales y académicas relacionadas con las materias del SNA. — El Sistema Nacional de Fiscalización tiene por objeto establecer acciones y mecanismos de coordinación entre los integrantes del mismo, en el ámbito de sus respectivas competencias, promoverán el intercambio de información, ideas y experiencias encaminadas a avanzar en el desarrollo de la fiscalización de los recursos públicos.
Son objetivos de esta Ley: 1) Establecer mecanismos de coordinación entre los diversos órganos de combate a la corrupción en la Federación, las entidades federativas, los municipios y las alcaldías de la Ciudad de México; 2) Establecer las bases mínimas para la prevención de hechos de corrupción y faltas administrativas; 3) Establecer las bases para la emisión de políticas públicas integrales en el combate a la corrupción, así como en la fiscalización y control de los recursos públicos; 4) Establecer las directrices básicas que definan la coordinación de las autoridades competentes para la generación de políticas públicas en materia de prevención, detección, control, sanción, disuasión y combate a la corrupción; 5) Regular la organización y funcionamiento del SNA, su Comité Coordinador y su Secretaría Ejecutiva; 6) Establecer las bases, principios y procedimientos para la organización y funcionamiento del Comité de Participación Ciudadana; 7) Establecer las bases y políticas para la promoción, fomento y difusión de la cultura de integridad en el servicio público, así como de la rendición de cuentas, de la transparencia, de la fiscalización y del control de los recursos públicos; 8) Establecer las acciones permanentes que aseguren la integridad y el comportamiento ético de los Servidores públicos; 9) Establecer las bases del Sistema Nacional de Fiscalización; 10) Establecer las bases mínimas para crear e implementar sistemas electrónicos para el suministro, intercambio, sistematización y actualización de la información que generen las instituciones competentes de los órdenes de gobierno.
— El SNA tiene por objeto establecer principios, bases generales, políticas públicas y procedimientos para la coordinación entre las autoridades de todos los órdenes de gobierno en la prevención, detección y sanción de faltas administrativas y hechos de corrupción, así como en la fiscalización y control de recursos públicos, y las políticas públicas que establezca deberán ser implementadas por todos los Entes públicos. — El Comité de Participación Ciudadana tiene como objetivo coadyuvar al cumplimiento de los objetivos, así como ser la instancia de vinculación con las organizaciones sociales y académicas relacionadas con las materias del SNA. — El Sistema Nacional de Fiscalización tiene por objeto establecer acciones y mecanismos de coordinación entre los integrantes del mismo, en el ámbito de sus respectivas competencias, promoverán el intercambio de información, ideas y experiencias encaminadas a avanzar en el desarrollo de la fiscalización de los recursos públicos.
Attached files
Web site
Date of text
Repealed
No
Serial Imprint
Diario Oficial de la Federación, 18 de julio de 2016.
Source language
Spanish
Legislation Amendment
No