Ley para fomentar la donación altruista en materia alimentaria en el Estado de Baja California.
Country
Type of law
Legislation
Date of original text
Date of latest amendment
Abstract
La presente Ley busca fomentar la donación de alimentos, dinero, especie o servicios con fines alimentarios, para coadyuvar en la satisfacción de las necesidades alimentarias de la población que no cuente con los medios económicos suficientes para atender plenamente sus requerimientos elementales de subsistencia. En este sentido, queda prohibido el desperdicio de alimentos, cuando éstos sean susceptibles de aprovechamiento por alguna institución de beneficencia reconocida por las autoridades competentes. Se consideran susceptibles de aprovechamiento aquellos alimentos que, siendo inútiles para su dueño, se encuentren en condiciones aptas para el consumo humano, conforme a los ordenamientos aplicables.
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Entry into force notes
La presente Ley entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Estado de Baja California.
Notes
Última Reforma publicada: 28 de julio de 2023.
Repealed
No
Serial Imprint
Periódico Oficial No. 6, 6 de febrero de 1998, Tomo CV.
Source language
Spanish
Legislation Amendment
No