Ley para la protección al ambiente del Estado de Hidalgo.
Country
Type of law
Legislation
Date of original text
Date of latest amendment
Abstract
La presente Ley establece el marco normativo general en materia de protección al ambiente y preservación y restauración del equilibrio ecológico en el Estado. Sus disposiciones son de observancia obligatoria en el territorio del Estado de Hidalgo y tiene como finalidad propiciar el desarrollo sustentable y establecer las bases para: garantizar el derecho de toda persona a vivir en un ambiente adecuado para su desarrollo, salud y bienestar; establecer condiciones para la participación del Estado y los municipios en la preservación, conservación, restauración del equilibrio ecológico y protección al ambiente; realizar el Ordenamiento Ecológico del Territorio en la Entidad; proteger las áreas naturales de jurisdicción Estatal y Municipal y fomentar el aprovechamiento racional de sus elementos naturales, de manera que sea compatible la obtención de beneficios económicos con la preservación de los ecosistemas; prevenir y controlar la contaminación del aire, agua y suelo en el Estado en aquellos casos que no sea competencia de la Federación; garantizar el acceso a la justicia ambiental en la Entidad; regular la responsabilidad por daños al ambiente en el ámbito de su competencia y establecer los mecanismos adecuados para garantizar la incorporación de los costos ambientales en los procesos productivos con el apoyo de la contabilidad ambiental; fomentar la aplicación de la contabilidad ambiental como mecanismo de evaluación para cuantificar los costos ambientales; implementar medidas de mitigación, adaptación, control y prevención ante el cambio climático, mediante la expedición del Programa Estatal de Acción ante el Cambio Climático y su correspondiente Estrategia Estatal.
Cabe destacar el Título Segundo, que se enfoca a la política ambiental y sus instrumentos, incluyendo mayor detalle en cuanto a la Procuración de Justicia Ambiental e incorporando las energías renovables dentro de dichos instrumentos. En el Título Tercero, denominado de la Conservación Ecológica, que se refiere a Áreas Naturales Protegidas, en su Capítulo Primero, incluye una nueva categoría que son las zonas sujetas voluntariamente a conservación, dentro del tipo de las áreas naturales protegidas estatales, así como las etapas que deben agotarse para su respectiva declaratoria mediante Decreto Oficial. El Capítulo Segundo establece disposiciones para la protección de la flora y fauna silvestres.
Asimismo cabe notar que el Título Cuarto, relativo a la protección al ambiente, incorpora en su Capítulo Primero la obligación de la Secretaría para emitir el Reglamento en materia de emisiones y transferencia de contaminantes donde se establecerán los procedimientos relacionados con la recepción, revisión, validación y corrección de la información, así como de la integración, conformación, organización, difusión y publicación de dicha información; el formato a utilizar, la lista de sustancias y los sectores y subsectores industriales sujetos a reporte ante la Secretaría y las Autoridades Municipales.
El texto de la Ley está organizado en los siguientes Títulos: I) Disposiciones generales; II) Política ambiental; III) De la conservación ecológica; IV) Protección al ambiente; V) De los prestadores de servicios ambientales; VI) Del Fondo Ambiental del Estado de Hidalgo; VII) De la vigilancia; VIII) Del procedimiento administrativo; IX) De la substanciación del procedimiento.
Cabe destacar el Título Segundo, que se enfoca a la política ambiental y sus instrumentos, incluyendo mayor detalle en cuanto a la Procuración de Justicia Ambiental e incorporando las energías renovables dentro de dichos instrumentos. En el Título Tercero, denominado de la Conservación Ecológica, que se refiere a Áreas Naturales Protegidas, en su Capítulo Primero, incluye una nueva categoría que son las zonas sujetas voluntariamente a conservación, dentro del tipo de las áreas naturales protegidas estatales, así como las etapas que deben agotarse para su respectiva declaratoria mediante Decreto Oficial. El Capítulo Segundo establece disposiciones para la protección de la flora y fauna silvestres.
Asimismo cabe notar que el Título Cuarto, relativo a la protección al ambiente, incorpora en su Capítulo Primero la obligación de la Secretaría para emitir el Reglamento en materia de emisiones y transferencia de contaminantes donde se establecerán los procedimientos relacionados con la recepción, revisión, validación y corrección de la información, así como de la integración, conformación, organización, difusión y publicación de dicha información; el formato a utilizar, la lista de sustancias y los sectores y subsectores industriales sujetos a reporte ante la Secretaría y las Autoridades Municipales.
El texto de la Ley está organizado en los siguientes Títulos: I) Disposiciones generales; II) Política ambiental; III) De la conservación ecológica; IV) Protección al ambiente; V) De los prestadores de servicios ambientales; VI) Del Fondo Ambiental del Estado de Hidalgo; VII) De la vigilancia; VIII) Del procedimiento administrativo; IX) De la substanciación del procedimiento.
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Notes
Ley aprobada por Decreto No. 405. Última Reforma publicada en el Alcance 1 dele Periódico Oficial de 15 de octubre de 2024.
Repealed
No
Serial Imprint
Periódico Oficial - 7 Bis, 16 de febrero de 2015.
Source language
Spanish
Legislation Amendment
No