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NOM-068-ECOL-1994: Límites máximos permisibles de contaminantes en las descargas de aguas residuales a cuerpos receptores provenientes de la industria de aceites y grasas comestibles de origen animal y vegetal.

Country
Type of law
Regulation
Source

Keywords

Abstract
Esta Norma Oficial Mexicana establece los límites máximos permisibles de contaminantes en las descargas de aguas residuales a cuerpos receptores provenientes de la industria de aceites y grasas comestibles de origen animal y vegetal. La presente Norma es de observancia obligatoria para los responsables de las descargas de aguas residuales a cuerpos receptores provenientes de los procesos de la industria de aceites y grasas comestibles de origen animal y vegetal. Se entiende por aguas residuales de la industria de aceites y grasas comestibles de origen animal y vegetal, las que provienen de los procesos de extracción por prensado y/o solventes, refinación (desgomado, neutralizado, blanqueado, deodorizado, desencerado y/o invernado), fraccionación, acidulación e hidrogenación. La Secretaría de Agricultura y Recursos Hidráulicos por conducto de la Comisión Nacional del Agua, y en coordinación con la Secretaría de Marina cuando las descargas sean al mar, vigilará el cumplimiento de la presente Norma.
Date of text
Entry into force notes
A partir del 1º de mayo de 1995.
Repealed
Yes
Serial Imprint
Diario Oficial de la Federación Nº 5, 6 de enero de 1995, pág. 13.
Source language

Spanish

Legislation Amendment
No