Reforma el Reglamento de la Ley de Aguas Nacionales.
Country
Type of law
Regulation
Abstract
Se reforman los artículos 15, 16, fracción II, 47 y 72 y se adiciona un último párrafo al artículo 138 del Reglamento de la Ley de Aguas Nacionales, relativos a los Consejos de Cuenca cuyo establecimiento acuerde el Consejo Técnico de "La Comisión", tendrán la delimitación territorial que comprenda el área geográfica de la cuenca o cuencas hidrológicas en que se constituyan, y a las concesiones para el uso del recurso hídrico.
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Date of text
Repealed
No
Serial Imprint
Diario Oficial de la Federación Nº 8, 10 de diciembre de 1997, pág. 34-35.
Source language
Spanish
Legislation Amendment
No