Reglamento de la Ley de Pesca y Acuacultura Sustentables del Estado de Tamaulipas.
Country
Type of law
Regulation
Abstract
Las presentes disposiciones tienen por objeto reglamentar objeto reglamentar la aplicación de la Ley de Pesca y Acuacultura Sustentables del Estado de Tamaulipas, con la finalidad de planear, ordenar, regular, fomentar, administrar, supervisar y controlar las formas del aprovechamiento de los recursos pesqueros y acuícolas.
En primer lugar se definen las atribuciones del Estado de Tamaulipas en materia de pesca y acuacultura, que serán ejercidas por el Ejecutivo Estatal a través de la Secretaría de Desarrollo Rural (Título Segundo de la Ley). Por otro lado se regulan la elaboración y adopción de la Carta Estatal de Pesca y Acuacultura, que contiene la información del diagnóstico y evaluación integral de la actividad pesquera y acuícola, así como de los indicadores sobre la disponibilidad y conservación de los recursos pesqueros y acuícolas, en aguas del territorio estatal. Su contenido tendrá carácter informativo para los sectores productivos, y será vinculante en la toma de decisiones de la autoridad pesquera en la adopción e implementación de instrumentos y medidas para el control del esfuerzo pesquero, en la resolución de solicitudes de concesiones y permisos para la realización de actividades pesqueras y acuícolas, y en la implementación y ejecución de acciones y medidas relacionadas con dichos actos administrativos (Título Tercero). Asimismo se regula el contenido de los Programas de Ordenamiento y los Planes de Manejo Pesquero (Título Cuarto).
El Título Quinto de la Ley regula el procedimiento y las condiciones para otorgar concesiones y permisos de pesca. Cabe también destacar el Título Octavo, que establece normas específicas en materia de sanidad, inocuidad y calidad.
En primer lugar se definen las atribuciones del Estado de Tamaulipas en materia de pesca y acuacultura, que serán ejercidas por el Ejecutivo Estatal a través de la Secretaría de Desarrollo Rural (Título Segundo de la Ley). Por otro lado se regulan la elaboración y adopción de la Carta Estatal de Pesca y Acuacultura, que contiene la información del diagnóstico y evaluación integral de la actividad pesquera y acuícola, así como de los indicadores sobre la disponibilidad y conservación de los recursos pesqueros y acuícolas, en aguas del territorio estatal. Su contenido tendrá carácter informativo para los sectores productivos, y será vinculante en la toma de decisiones de la autoridad pesquera en la adopción e implementación de instrumentos y medidas para el control del esfuerzo pesquero, en la resolución de solicitudes de concesiones y permisos para la realización de actividades pesqueras y acuícolas, y en la implementación y ejecución de acciones y medidas relacionadas con dichos actos administrativos (Título Tercero). Asimismo se regula el contenido de los Programas de Ordenamiento y los Planes de Manejo Pesquero (Título Cuarto).
El Título Quinto de la Ley regula el procedimiento y las condiciones para otorgar concesiones y permisos de pesca. Cabe también destacar el Título Octavo, que establece normas específicas en materia de sanidad, inocuidad y calidad.
Attached files
Date of text
Repealed
No
Source language
Spanish
Legislation Amendment
No