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Decreto Nº 3-2019 ─ Reglamenta el procedimiento para la aprobación e implementación de los incentivos forestales. Texto consolidado.

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Abstract
El presente Decreto tiene por objeto establecer los procedimientos para el acceso a los incentivos forestales, y será aplicable a las personas naturales o jurídicas de cualquier giro de negocio que deseen acogerse a los incentivos fiscales al sector forestal. El fomento y otorgamiento de incentivos, obedece a los objetivos siguientes: 1) El manejo del bosque natural cuyo conjunto de acciones y procedimientos tienen por objeto la conservación, cultivo, restauración y aprovechamiento de los recursos naturales manteniendo el ecosistema boscoso natural; 2) La ampliación de la cobertura forestal en tierras desprovistas de bosques a través del establecimiento y mantenimiento de plantaciones forestales, con el fin de asegurar un crecimiento sostenido del sector; 3) La protección y conservación de bosques cuyas medidas de prevención y control incluyen acciones silviculturales y administrativas por parte de las instituciones miembros del Sistema Nacional de Administración Forestal (SNAF), las cuales deben ser puestas en prácticas por los propietarios de iniciativas con incentivos forestales; 4) El incremento del valor agregado, que incluye inversiones dentro de la cadena productiva forestal de las empresas e industrias forestales de segunda y tercera transformación, para obtener productos más elaborados y de mejor calidad, con alta competitividad en los mercados nacionales e internacionales; 5) Mejorar la tecnología que permita el desarrollo eficaz y eficiente del sector con altos niveles de competitividad y desarrollo empresarial; 6) Fomentar la investigación para el desarrollo tecnológico de la cadena productiva forestal; 7) Fortalecer el sector forestal, con la atracción de inversiones, ampliación en la disponibilidad de materia prima, promoción de la reforestación, promoción para la creación de plantaciones, conservando y ampliando los bosques nicaragüenses.
Se conforma el Comité de Incentivos Forestales, para la revisión, aprobación, seguimiento y evaluación de iniciativas forestales presentadas ante el Instituto Nacional Forestal (INAFOR), para regir sobre el proceso de utilización de los incentivos contenidos en la Ley de Conservación, Fomento y Desarrollo Sostenible del Sector Forestal. El Comité estará integrado por un representante de las instituciones siguientes: a) Instituto Nacional Forestal (INAFOR), quien coordina y ejercerá la Secretaría del Comité; b) Ministerio Agropecuario (MAG); c) Ministerio de Hacienda y Crédito Público (MHCP); d) Ministerio de Fomento, Industria y Comercio (MIFIC); e) Ministerio de Ambiente y Recursos Naturales (MARENA); f) Instituto Nicaragüense de Fomento Municipal (INIFOM); g) Dirección General de Servicios Aduaneros (DGA); y h) Dirección General de Ingresos (DGI).
Las Iniciativas Forestales aprobadas por el Comité de Incentivos estarán sujetas a evaluación efectuada por el INAFOR o por quienes autorice para tales fines. Las evaluaciones se realizarán considerando los criterios siguientes: i) Para Plantaciones Forestales y Proyectos Agroforestales: el área, sobrevivencia, silvicultura, fitosanitaria, reposición forestal, protección, cumplimiento del plan de inversiones presentado en la Iniciativa Forestal; ii) Para Manejo del Bosque Natural: la etapa de aprovechamiento, labores silviculturales, protección, cumplimiento del Plan de Manejo y Plan Operativo Anual post aprovechamiento; iii) Para Industrias de Segunda y Tercera Transformación: el cumplimiento del plan de inversión forestal presentado en la Iniciativa Forestal.
Date of text
Entry into force notes
El presente Decreto entrará en vigencia a partir de su publicación. Publíquese en La Gaceta, Diario Oficial.
Notes
El presente Decreto deroga las siguientes disposiciones: - El Decreto N°. 104-2005; Reglamento de Procedimientos para el establecimiento, la obtención y aplicación de los Incentivos para el Desarrollo Forestal de la Ley de Conservación, Fomento y Desarrollo Sostenible del Sector Forestal, Ley N°. 462, publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 250 de diciembre de 2005. - El Acuerdo Ministerial N°. 013-2009; "Normativa Específica de Funcionamiento del Comité de Incentivos del Sector Forestal" publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 111 del 16 de junio de 2009.El presente texto contiene incorporadas todas sus modificaciones consolidadas al 27 de septiembre del 2023, del Decreto Ejecutivo N°. 03-2019, Decreto, Reglamentando el Procedimiento para la Aprobación e Implementación de los Incentivos Forestales, y se ordena su publicación en La Gaceta, Diario Oficial, conforme la Ley N°. 963, Ley del Digesto Jurídico Nicaragüense y la Ley N°. 1163, Ley del Digesto Jurídico Nicaragüense de la Materia de Medio Ambiente y Recursos Naturales, aprobada el 27 de septiembre de 2023.
Repealed
No
Serial Imprint
La Gaceta Nº 13, 22 de enero de 2019.
Source language

Spanish

Legislation Amendment
No