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Decreto Nº 52/98 - Reglamento de la Ley General de servicios de agua potable y alcantarillado sanitario. Texto consolidado.

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Type of law
Regulation
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Abstract
El Reglamento consta de 13 capítulos y 88 artículos. INDICE: Disposiciones generales (I); Concesiones (II); Construcción y operación de obras nuevas de la concesión (III); Ampliación de las concesiones (IV); Trasferencia de las concesiones (V); Caducidad de las concesiones (VI); Permisos para exploración de agua potable (VII); Derechos y deberes de las concesionarias (VIII); Derechos y deberes de los usuarios (IX); Funciones de regulación y fiscalización del Instituto Nicaragüense de Acueductos y Alcantarillados (INAA) (X); Servidumbres (XI); Infracciones y sanciones (XII); Disposiciones varias (XIII).
El presente Reglamento tiene por objeto establecer las disposiciones para la correcta aplicación de la Ley Nº 297 de 1998, Ley General de servicios de agua potable y alcantarillado sanitario. El Reglamento dispone que estarán sujetas al régimen de concesiones todas las personas jurídicas interesadas en prestar los servicios previstos por la Ley; tales concesiones serán otorgadas por el INAA (art. 3º). Dispone que los sistemas de menos de 500 conexiones de agua potable se regirán por un régimen especial, que comprende aquellos administrados por la Empresa Nicaragüense de Acueductos y Alcantarillados Sanitarios (ENACAL), los gobiernos municipales, los Comités de agua potable y los agentes económicos privados (art. 6). Asimismo, dispone que los permisos para la exploración de agua potable se otorgarán por un período de un año a las concesionarias que estén en ejercicio de una concesión de producción de agua potable, dentro de su área geográfica (art. 64). La regulación y fiscalización del sector de agua potable y alcantarillado sanitario por parte del INAA, tendrá como objetivo principal propiciar la adecuada y eficiente prestación de los servicios indicados en el artículo 6º de la Ley General, cuidando por su continuidad, cantidad, calidad, eficiencia y costo (art. 70).
Date of text
Entry into force notes
El presente Reglamento entrará en vigencia a partir de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.
Notes
El presente texto contiene incorporadas todas sus modificaciones consolidadas al 27 de septiembre del 2023, del Decreto Ejecutivo N°. 52-98, Reglamento de la Ley General de Servicios de Agua Potable y Alcantarillado Sanitario, y se ordena su publicación en La Gaceta, Diario Oficial, conforme la Ley N°. 963, Ley del Digesto Jurídico Nicaragüense y la Ley N°. 1163, Ley del Digesto Jurídico Nicaragüense de la Materia de Medio Ambiente y Recursos Naturales, aprobada el 27 de septiembre de 2023.
Repealed
No
Serial Imprint
La Gaceta Nº 138, 24 de julio de 1998, págs. 6028-6041.
Source language

Spanish

Legislation Amendment
No