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Decreto Nº 6-99 — Reglamento de la Ley Nº 292, Ley de medicamentos y farmacias. Texto consolidado.

Country
Type of law
Legislation
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Abstract
El presente Decreto aprueba el Reglamento que tiene por objeto establecer las normas de aplicación de la Ley de Medicamentos y Farmacias. Se establece la Comisión Nacional de Evaluación y Registro de Productos Farmacéuticos, que será un órgano asesor técnico científico de la División de Farmacia del Ministerio de Salud para fines de selección de los medicamentos que podrán ser comercializados en el país, evaluar sus indicaciones, contraindicaciones, garantizar la eficacia de los mismos y velar por su uso racional. Será un órgano colegiado, adscrito a la División de Farmacia con subordinación administrativa, pero con autonomía científica y técnica.
El registro sanitario es el procedimiento por el cuál un producto farmacéutico pasa por una estricta evaluación farmacológica, farmacéutica y legal previo a la autorización de su distribución y/o comercialización. Los medicamentos con registro sanitario, serán importados por cualquier persona natural o jurídica, con representación legal registrada en la División de Farmacia del Ministerio de Salud, que publicará los Listados de medicamentos autorizados y los que se hallan cancelados.
Date of text
Notes
El presente texto contiene incorporadas todas sus modificaciones consolidadas al 27 de septiembre de 2023, del Decreto Ejecutivo Nº. 6-99, Reglamento de la Ley Nº. 292, Ley de Medicamentos y Farmacias y se ordena su publicación en La Gaceta, Diario Oficial, conforme la Ley Nº. 963, Ley del Digesto Jurídico Nicaragüense y la Ley Nº. 1164, Ley del Digesto Jurídico Nicaragüense de la Materia de Salud, aprobada el 27 de septiembre de 2023.
Repealed
No
Serial Imprint
La Gaceta Nº 24 y 25, 4 y 5 de febrero de 1999.
Source language

Spanish

Legislation Amendment
No