Ley Nº 165 - Ley de licitación pública de licencias y concesiones pesqueras.
Country
Type of law
Legislation
Abstract
La presente Ley tiene por objeto regular la concesión de licencias a las personas naturales o jurídicas nicaragüenses que se dediquen a la explotación de los recursos pesqueros en las aguas marinas de Nicaragua, hasta las doscientas millas náuticas a partir de sus costas en los Océanos Atlántico y Pacífico y sobre la plataforma continental hasta donde ésta se extiende. A tal fin se establece el Sistema de Licitaciones Públicas para el Otorgamiento de Licencias y Concesiones para la Explotación de Recursos Pesqueros, con fines comerciales, que se harán sobre la base del potencial de rendimiento sostenible por especie. Excepcionalmente, habrá licitación pública de licencias y concesiones pesqueras para autorizar a inversionistas extranjeros, pescar en aguas nicaragüenses, tomando siempre en cuenta el potencial de los recursos, el rendimiento sostenible y la capacidad de la flota pesquera nacional. En estos casos: a) la tripulación deberá ser nicaragüense, pudiendo ser, en circunstancias especiales, extranjero el capitán; b) el combustible, la alimentación, el hielo, y los aperos de pesca tales como las boyas, redes, trasmallos, nasas, palangras, carnadas, y cualesquiera otros necesarios para el negocio de la pesca, deben ser adquiridos en territorio nicaragüense; c) las reparaciones de las embarcaciones serán efectuadas en astilleros nacionales donde al menos el noventa por ciento de los trabajadores también serán nicaragüenses; ch) el procesamiento y empaque para la exportación serán efectuados en plantas nicaragüenses; y, d) la comercialización del producto será efectuada por nicaragüenses.
Attached files
Date of text
Repealed
Yes
Serial Imprint
Nuevo Diario del 4 de marzo de 1994.
Source language
Spanish
Legislation Amendment
No