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Ley Nº 217 - Ley General del medio ambiente y los recursos naturales. Texto refundido.

Country
Type of law
Legislation
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Abstract
La presente Ley General del Medio Ambiente y los Recursos Naturales, tiene por objeto establecer las normas para la conservación, protección, mejoramiento y restauración del medio ambiente y los recursos naturales que lo integran, asegurando su uso racional y sostenible, de acuerdo a lo señalado en la Constitución Política.
Se crea la Comisión Nacional del Ambiente, como foro de análisis, discusión y concertación de las políticas ambientales, que funcionará como instancia de coordinación entre el Estado y la sociedad civil para procurar la acción armónica de todos los sectores, así como órgano consultivo y asesor del Poder Ejecutivo en relación a la formulación de políticas, estrategias, diseño y ejecución de programas ambientales.
A efectos de resguardar la diversidad biológica, el Ministerio del Ambiente y de los Recursos Naturales, deberá: (I) coordinar con las instituciones respectivas, con la finalidad de proteger y evitar la extinción o agotamiento de los recursos naturales, e implementar vedas temporales o indefinidas relacionadas con los recursos forestales, pesqueros y acuícola y de cualquier otra naturaleza que sean necesarios proteger; (II) fijar cuotas de exportación, de especies de fauna, caza, y captura; y (III) retener embarques de productos de la vida silvestre, tanto los originados en Nicaragua como en tránsito, en cualquier fase de su envío o traslado, cuando presuma que se trata de comercio ilegal o se infrinjan las disposiciones de esta Ley y sus Reglamentos, quedando exento de cualquier tipo de responsabilidad.
Repealed
No
Serial Imprint
La Gaceta Nº 20, 31 de enero de 2014.
Source language

Spanish

Legislation Amendment
No