Ley No. 625 del 28 de Marzo de 1977 con la cual prohíbese aprehensión y caza de toda clase de animales silvestres y exportación de huevos.
Country
Type of law
Legislation
Abstract
Con esta Ley se prohíbe indefinidamente la aprehensión y caza de toda clase de animales silvestres con fines comerciales. Al mismo tiempo queda prohibida indefinidamente la exportación de los mismos y sus subproductos, como carnes, cueros, etc. También se prohíbe por el término de diez años a partir de la fecha de la vigencia de esta ley, la exportación de huevos de tortuga.
La Ley regla las sanciones que se prevén por los caso de contravención a sus disposiciones.
La Ley regla las sanciones que se prevén por los caso de contravención a sus disposiciones.
Attached files
Web site
Date of text
Repealed
No
Publication reference
Publicado en La Gaceta No. 106 del 16 de Mayo de 1977.
Source language
Spanish
Legislation Amendment
No