This content is exclusively provided by FAO / FAOLEX

Resolución Nº 13-2015 ─ Disposiciones Administrativas para el Funcionamiento de la Industria Forestal.

Country
Type of law
Regulation
Source

Abstract
La presente Resolución aprueba las Disposiciones Administrativas para el Funcionamiento de la Industria Forestal, que deberá contar con un permiso de operación otorgado por el Instituto Nacional Forestal (INAFOR), el cual será válido hasta el 31 de enero del año siguiente a la inscripción, y deberá estar colocado en un lugar visible dentro del plantel del aserrío. La Industria Forestal que no renueve su permiso de operación, en el lapso de cinco años consecutivos se procederá a cancelar su registro forestal.
La maquinaria en la Industria Forestal podrá estar compuesta por una o varias sierras principales, sierras de diámetros menores, equipo de cepillado, canteado, lijado, secado, equipo de afilado, tornos, equipo de dimensionado, carga y arrastre de trozas y otros que aporten valor agregado a la madera. Las Industrias forestales deberán aplicar un factor de rendimiento de 1.5 promedio de madera rollo versus Procesada, hasta que se determine el factor de rendimiento por Industria, el cual será autorizado previa validación por el INAFOR.
En los casos que la industria forestal adquiera materia prima (procesada o rollo) para su posterior procesamiento y/o comercialización, deberá de amparar la pertenencia de dicho producto con guías de transportes, factura o Escritura Pública, que sirvan de soporte a la factura que emita la Industria Forestal. Todo producto de madera en rollo o procesada, proveniente de bosque natural, plantaciones o subasta que ingrese a una industria y que por razones debidamente justificadas deba ser trasladada a otra industria.
Date of text
Notes
Deroga la Resolución Nº 69-2011.
Repealed
No
Publication reference
Compendio Jurídico Forestal 2015.
Source language

Spanish

Legislation Amendment
No