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Resolución Nº 30-2014 ─ Reglamento de Auditoria Forestal Externa.

Country
Type of law
Regulation
Source

Abstract
La presente Resolución aprueba el Reglamento de Auditoria Forestal Externa, que tiene por objeto establecer las normativas para el funcionamiento de la Auditoria forestal externa en Nicaragua, orientada a la evaluación integral de las actividades forestales con el fin de mejorar la gestión sostenible de los recursos forestales. Asimismo, determinar el nivel de cumplimiento del marco legal forestal y emitir los dictámenes que correspondan para los efectos establecidos por la legislación forestal vigente. Por lo tanto la auditoría forestal permitirá: 1) Mejorar el desempeño de la Administración Pública y del sector privado mediante la implementación de las recomendaciones de la Auditoria forestal; 2) Constatar los procedimientos técnicos y administrativos en la Administración Pública, por medio de un eficiente seguimiento y evaluación de la actividad forestal permitida por la legislación vigente; 3) Verificar el cumplimiento de la normativa y de los estándares establecidos por el Estado para el buen manejo forestal; 4) Poner de manifiesto y sugerir la corrección de errores, o deficiencias en el otorgamiento de permisos y ejecución de planes de manejo y otras actividades en toda la cadena forestal.
Se conforma el Comité Técnico de Seguimiento y Evaluación, con las siguientes funciones: a) Revisar anualmente los requisitos de solvencia moral y experiencia profesional que se requiere de los Auditores Forestales; b) Definir en coordinación con el Comité Examinador de Auditoria Forestal los contenidos del examen de suficiencia para la acreditación de Auditores Forestales; c) Establecer el sistema administrativo de registro, convocatoria, contratación y evaluación de la auditoría forestal; d) Definir el presupuesto anual asignado a las auditorías forestales; e) Prestar el debido seguimiento a las observaciones y recomendaciones reflejadas en los informes de auditoría e implantar las sanciones y medidas administrativas correspondientes en aquellos casos que hubiere lugar a la misma; f) Recomendar pautas para la determinación e implantación de recomendaciones reflejadas en los informes de la auditoría forestal externa; g) Evaluar de forma periódica el desempeño de las funciones de los Auditores Forestales a fin de garantizar la calidad y eficiencia de las auditorias; h) Comunicar a la Comisión Nacional Forestal (CONAFOR) los resultados de las Auditorías Forestales; i) Apoyar al INAFOR en definir los lineamientos y ser garante de la objetividad en la selección de la muestra a ser auditada anualmente referido a los planes de manejo.
Date of text
Repealed
No
Publication reference
Compendio Jurídico Forestal 2015.
Source language

Spanish

Legislation Amendment
No