Resolución Nº 33-2013 ─ Procedimiento administrativo para la implementación del proceso de trazabilidad forestal.
Country
Type of law
Regulation
Abstract
La presente Resolución aprueba el procedimiento administrativo que tiene por objeto establecer los mecanismos necesarios para la implementación de la trazabilidad forestal en Nicaragua. A tal fin, el Sistema de Registro y Control de Operaciones Forestales (SIRCOF), es el sistema único para el registro, emisión y seguimiento de la información de las guías de trasporte de producto forestal provenientes de permisos de aprovechamiento, plantaciones o subastas de productos forestales debidamente autorizadas por el Instituto Nacional Forestal (INAFOR).
El registro de la información de trasporte de cada despacho de productos forestales en el SIRCOF, deberá realizarse de manera electrónica, accediendo a éste por medio del sitio web del INAFOR o bien usando el Modulo de Remisión Provisional diseñado que permita la transferencia de la información a través de lectores de código de barra que el INAFOR operará en los distintos puestos de control y delegaciones municipales. Una vez transferida la información de solicitudes de guía a la base de datos del servidor de aplicaciones, el INAFOR a través de los puestos de control establecidos o delegaciones municipales emitirá una guía de trasporte de producto forestal al regente forestal. Toda guía de trasporte será acompañada con un certificado de origen. El Sistema de Remisión Provisional que el INAFOR facilitará a cada regente forestal para que sea utilizada en los casos que en las áreas de aprovechamiento no se cuente con acceso a Internet, será instalado en un solo equipo no pudiendo el regente realizar duplicados o instalaciones de este en otros equipos, sin la previa autorización del INAFOR.
El registro de la información de trasporte de cada despacho de productos forestales en el SIRCOF, deberá realizarse de manera electrónica, accediendo a éste por medio del sitio web del INAFOR o bien usando el Modulo de Remisión Provisional diseñado que permita la transferencia de la información a través de lectores de código de barra que el INAFOR operará en los distintos puestos de control y delegaciones municipales. Una vez transferida la información de solicitudes de guía a la base de datos del servidor de aplicaciones, el INAFOR a través de los puestos de control establecidos o delegaciones municipales emitirá una guía de trasporte de producto forestal al regente forestal. Toda guía de trasporte será acompañada con un certificado de origen. El Sistema de Remisión Provisional que el INAFOR facilitará a cada regente forestal para que sea utilizada en los casos que en las áreas de aprovechamiento no se cuente con acceso a Internet, será instalado en un solo equipo no pudiendo el regente realizar duplicados o instalaciones de este en otros equipos, sin la previa autorización del INAFOR.
Attached files
Web site
Date of text
Repealed
No
Publication reference
Compendio Jurídico Forestal 2015.
Source language
Spanish
Legislation Amendment
No