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Decreto Nº 1 - Reglamenta la pesca de camarones.

Country
Type of law
Regulation
Source

Keywords

Abstract
El Decreto prohíbe la pesca de camarón en toda clase de aguas jurisdiccionales de la República durante el período comprendido entre el 1º de febrero y el 31 marzo de cada año (art. 1º). Todas las naves camaroneras deberán someterse a una inspección de sus bodegas el primer y último día de la veda, permaneciendo para ello ancladas en sus respectivos puertos de distrito (art. 3º). Durante el período de veda toda nave camaronera que fuese utilizada en una actividad distinta a la pesca del camarón, deberá desmontar su equipo de pesca de camarón antes de hacerse a la mar (art. 6º).
Date of text
Notes
Que deroga el Decreto Nº 3 del 31 de enero de 1975.
Repealed
No
Serial Imprint
Gaceta Oficial Nº 18.270, 7 de febrero de 1977, págs. 2 y 3.
Source language

Spanish

Legislation Amendment
No