Decreto Nº 3 - Reglamenta el otorgamiento de subsidios estatales.
Country
Type of law
Regulation
Abstract
El presente Decreto reglamenta el otorgamiento de los Subsidios Estatales, entendiéndose como subsidio la cantidad de dinero que otorga el Estado a las organizaciones sin fines de lucro debidamente inscritas y reconocidas, así como también a las personas naturales. Los subsidios se otorgan para la ejecución de programas y/o proyectos sociales. Para los efectos del presente Decreto entiéndase al Ministerio de Desarrollo Social como Ente Rector. E Agente Responsable de la Ejecución del Proyecto (AREP), es el agente social cuyos proyectos resulten elegidos de acuerdo a las normas legales aplicables y que suscriba el instrumento jurídico correspondiente. Se crea la Oficina Nacional de Administración de Subsidios Estatales (ONASE), adscrita al Despacho Superior del Ministerio de Desarrollo Social, como ente rector de los subsidios estatales. Se crea el Fondo Especial de Subsidio, de carácter reembolsable al Tesoro Nacional, sometido a la fiscalización y control de la Contraloría General de la República, el cual permitirá a los Subsidiados cobrar los subsidios otorgados en el Departamento de Tesorería del Ente Rector. La ONASE determinará el monto mínimo y máximo que podrá otorgarse a todo proyecto y el tiempo en que podrá otorgarse a todo proyecto que pretenda desarrollar cada uno de los actores sociales.
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Date of text
Repealed
Yes
Serial Imprint
Gaceta Oficial Nº 27.984, 8 de marzo de 2016.
Source language
Spanish
Legislation Amendment
No