Decreto Nº 344 - Reglamento de la Ley Nº 65, Normas para la creación y organización territorial del Estado.
Country
Type of law
Regulation
Abstract
El presente Decreto aprueba el Reglamento de la Ley que desarrolla normas, procedimientos y requisitos para la creación y organización político-administrativa y territorial del Estado panameño. El presente Reglamento se aplica en todo el territorio nacional y tiene por objeto establecer disposiciones claras y precisas, que reglamenten las normas que regulan la creación de los diferentes niveles territoriales en que se divide el Estado panameño: provincias, distritos y corregimientos, así como de otras divisiones políticas, ya sea para sujetarlas a regímenes especiales o por razones de conveniencia administrativa o de servicio público.
La Comisión Nacional sobre Límites Político-Administrativos es el ente que verifica que la creación de nuevas unidades político-administrativas del territorio nacional, cumpla con los requisitos que establece la Ley para este propósito. Todo proyecto de Ley relacionado con la creación de nuevas divisiones político-administrativas del territorio nacional, deberá ser revisado por la Comisión Nacional a fin de determinar si el mismo cumple con los requisitos que establece la Ley.
Para la creación de provincias, distritos y corregimientos, así como para cualquier otra forma de división política del territorio nacional, la Comisión de Asuntos Municipales o de Asuntos Indígenas de la Asamblea Nacional, deberán remitir a la Comisión Nacional sobre Límites Político-Administrativos el proyecto de Ley sobre la creación de la nueva circunscripción territorial acompañado del informe socio económico y financiero e indicando el resultado de la consulta popular que se llevó a cabo sobre la creación de la nueva circunscripción territorial.
La Comisión Nacional sobre Límites Político-Administrativos es el ente que verifica que la creación de nuevas unidades político-administrativas del territorio nacional, cumpla con los requisitos que establece la Ley para este propósito. Todo proyecto de Ley relacionado con la creación de nuevas divisiones político-administrativas del territorio nacional, deberá ser revisado por la Comisión Nacional a fin de determinar si el mismo cumple con los requisitos que establece la Ley.
Para la creación de provincias, distritos y corregimientos, así como para cualquier otra forma de división política del territorio nacional, la Comisión de Asuntos Municipales o de Asuntos Indígenas de la Asamblea Nacional, deberán remitir a la Comisión Nacional sobre Límites Político-Administrativos el proyecto de Ley sobre la creación de la nueva circunscripción territorial acompañado del informe socio económico y financiero e indicando el resultado de la consulta popular que se llevó a cabo sobre la creación de la nueva circunscripción territorial.
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Web site
Date of text
Repealed
No
Serial Imprint
Gaceta Oficial Nº 28.193, 10 de enero de 2017.
Source language
Spanish
Legislation Amendment
No