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Ley 276 de 30 de diciembre de 2021 que regula la gestión integral de residuos solidos en la República de Panama.

Country
Type of law
Legislation
Source

Abstract
Esta Ley, que consta de 10 Títulos, tiene por objeto, como establecido por el Titulo preliminar, regular la gestión integral de residuos en la República de Panama, definiendo sus principios y estableciendo los derechos, las responsabilidades, las obligaciones y las atribuciones de las instituciones publicas y de la sociedad en su conjunto, con la finalidad de asegurar un manejo de residuos de forma racional y sostenible, así como para prevenir su generación y evitar y/o mitigar los impactos adversos sobre la salud humana y el ambiente.
La Ley es aplicable en el territorio nacional a todos los agentes intervinientes en el proceso de gestión integral de residuos para la recolección, transporte, aprovechamiento, tratamiento y disposición final de los residuos, así como a las personas naturales y jurídicas, empresas industriales, empresas privadas, instituciones estatales o municipales, o quienes, por cualquier otro titulo, participen como sujetos activos en las actividades que abarca la presente Ley. Se prevén también unas exclusiones.
Los objetivos de la Ley son: 1. Establecer el régimen jurídico para promover la ejecución jerarquizada en la gestión integral de residuos. 2. Implementar la gestión integral de residuos en el ámbito nacional que asegura la separación de los residuos en la fuente y en los centros de tratamiento, la recolección, el tratamiento, el transporte de manera diferenciada, el aprovechamiento y la disposición final. 3. Establecer las obligaciones y competencias de las instituciones publicas o municipales y de la sociedad en su conjunto. 4. Educar de manera continua y actualizada en la gestión integral de los residuos de forma ambientalmente racional y sostenible, así como de manera sistematizada en cada proceso bajo el concepto de la economía circular. 5. Establecer un sistema de gestión integral de residuos a través del reciclaje, la reutilización, la reducción, el aprovechamiento y la reparación en todo el ciclo de vida de los bienes y servicios. 6. Minimizar los riesgos sanitarios y ambientales a través de políticas publicas que puedan resultar del manejo inadecuado de los residuos, para asegurar la conservación del ambiente y mitigar los efectos negativos sobre la salud de la población, el ambiente y la salud publica integral. 7. Fomentar el desarrollo del aprovechamiento de los residuos, considerandolos un bien económico y la reducción de los vertidos incontrolados y de su quema indiscriminada a cielo abierto. 8. Incentivar el uso de nuevas tecnologías ambientalmente apropiadas y garantizar que los residuos se sometan a operaciones de eliminación seguras en áreas adecuadas para la disposición final, así como que las operaciones de incineración o de concreción con aprovechamiento energético se realicen con un alto nivel de eficiencia. 9. Promover la investigación científica y tecnológica y el uso de las mejores técnicas, practicas y tecnologías disponibles que minimicen los impactos negativos al ambiente y a la salud. 10. Establecer los estándares mínimos de calidad para el manejo de residuos.
La Ley clasifica los residuos según su naturaleza y pone los principios bajo los cuales se rige, entre los cuales: equidad e inclusión social, quien contamina paga; jerarquización de la gestión de los residuos; prevención; responsabilidad extendida al productor; educación ciudadana; economía circular; sostenibilidad; mejores técnicas, practicas y tecnologías disponibles.
La Ley sigue estableciendo, el el Titulo 1, las competencias generales y en materia de residuos no peligrosos del Ministerio de Salud. A seguir, el Titulo 2, establece otras competencias institucionales y locales, incluso de de los Municipios.
El Titulo 3 regula la gestión integral de los residuos y describe el Plan Nacional de Gestión Integral de Residuos no peligrosos y de manejo especial; el acceso a la información, la educación e la investigación; el fomento à la gestión de residuos y la participación ciudadana.
El Titulo 4 disciplina la gestión de residuos y prevé las obligaciones para los generadores de residuos y para sus gestores; sobre la separación de los residuos; sobre la recolección, el transporte y la disposición final; sobre el reciclaje y otras formas de aprovechamiento de los residuos; los incentivos a su aprovechamiento; y los contratos para su gestión.
El Titulo 5 trata del movimiento transfronterizo de los residuos; el Titulo 6 establece un Fondo para la gestión integral de residuos; el Titulo 7 regula le responsabilidad, la fiscalización, la vigilancia y el régimen sancionador en materia de residuos no peligrosos y de manejo especial y el Titulo 8, en particular, establece prohibiciones y sanciones. Las disposiciones adicionales forman el objeto del Titulo 10 y comprenden la modificación de la Ley 51 de 2010 que crea la Autoridad de Aseo Urbano y Domiciliario.
Date of text
Repealed
No
Publication reference
Gaceta Oficial Digital, jueves 30 de diciembre de 2021
Source language

Spanish

Legislation Amendment
No