Ley Nº 16 - Ley por la cual se organiza la Comarca de San Blas.
Country
Type of law
Legislation
Abstract
La presente Ley organiza la Comarca de San Blas, que se extiende a lo largo de la Costa Atlántica. Quedan incluidos dentro de los límites de la Comarca las Islas de Oro, San Agustín y Pinos; los islotes de Pájaros, Puyadas y Arévalos; los Cayos de Arena, Mosquitos, Limones, Piedras, Ratón y la Concepción, el Archipiélago de las Mulatas, con todos sus islotes e islas y las demás islas, islotes arrecifes y cabos comprendidos en el litoral, así como la porción del corregimiento de Armila. Con el fin de dedicarlos a la agricultura y patrimonio familiar de los indígenas de San Blas, se reservarán en la porción continental todas las tierras baldías dentro de los linderos de la Comarca de San Blas.
El Estado reconoce la existencia del Congreso General Kuna y de los Congresos del Pueblo y tribus con arreglo a su tradición y a su Carta Orgánica, con las salvedades pertinentes para evitar incompatibilidades con la Constitución y Leyes de la República. La enseñanza en la Comarca dependerá del Ministerio de Educación, pero para la creación de nuevas escuelas se oirá la recomendación del Intendente, previo entendimiento con los Sahilas y las poblaciones indígenas.
El Estado reconoce la existencia del Congreso General Kuna y de los Congresos del Pueblo y tribus con arreglo a su tradición y a su Carta Orgánica, con las salvedades pertinentes para evitar incompatibilidades con la Constitución y Leyes de la República. La enseñanza en la Comarca dependerá del Ministerio de Educación, pero para la creación de nuevas escuelas se oirá la recomendación del Intendente, previo entendimiento con los Sahilas y las poblaciones indígenas.
Attached files
Web site
Date of text
Repealed
No
Serial Imprint
Gaceta Oficial Nº 12.042, 7 de abril de 1953.
Source language
Spanish
Legislation Amendment
No