Ley Nº 290 – Que declara prioridad nacional el fomento y desarrollo del turismo indígena sostenible y dicta otras disposiciones.
Country
Type of law
Legislation
Abstract
La presente Ley declara prioridad nacional el fomento y desarrollo del turismo indígena sostenible en los pueblos indigenas, comunidades y regiones con potencial turístico. La Ley tiene por objeto reconocer, proteger, incentivar, valorar, promover y encaminar el desarrollo integral de los pueblos indigenas, a través del fomento del turismo indígena sostenible, a fin de procurar su propia gestión de desarrollo, incluidos el manejo de destinos turísticos locales, su planificación y el aprovechamiento de los recursos naturales de su entorno de manera sostenible. La cultura histórica de los pueblos indigenas constituirá aspectos que serán promovidos y desarrollados por el turismo indígena sostenible. Se reconoce además la medicina tradicional de los pueblos indígenas como forma de expresión de la cosmovisión de estos pueblos. Se regulan las competencias de la La Autoridad de Turismo de Panamá.
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Date of text
Entry into force notes
Esta Ley comenzara a regir el dia siguiente al de su promulgación.
Repealed
No
Serial Imprint
Gaceta Oficial Digital Nº 29502-A, 24 de marzo de 2022.
Source language
Spanish
Legislation Amendment
No