Ley Nº 375 de 8 de marzo de 2023 - Que crea el Ministerio de la Mujer y dicta otras disposiciones.
Country
Type of law
Legislation
Abstract
La presente Ley crea el Ministerio de la Mujer como la entidad rectora del Estado en todo lo relacionado con las políticas públicas, planes, programas, proyectos y campañas, destinados a la prevención, detección, evaluación y erradicación de cualquier práctica o conducta discriminatoria, violencia y acoso contra las mujeres, en cumplimiento de las obligaciones contraídas por el Estado panameño, así como del desarrollo de políticas públicas, planes, programas, proyectos y acciones, para la igualdad de oportunidades, el empoderamiento de las mujeres, la paridad de género y el ejercicio pleno, efectivo y garantizado de sus derechos humanos, lo que fomenta una cultura de respeto a la dignidad humana.
El Ministerio de la Mujer tendrá como meta alcanzar los siguientes objetivos: 1. Reducir las causas estructurales de la desigualdad entre hombres y mujeres, promoviendo la participación de las mujeres en el desarrollo y el crecimiento del país. 2. Garantizar el respeto pleno de los derechos humanos de las mujeres. 3. Incrementar la igualdad en el acceso y control de los recursos para el desarrollo pleno de las mujeres y sus comunidades. 4. Coordinar y articular con todas las instancias del Estado la Política Pública de Igualdad de Oportunidades para las Mujeres. 5. Garantizar el derecho de todas las mujeres, sin distinción alguna, a una vida libre de violencia. 6. Garantizar el efectivo cumplimiento de las obligaciones contenidas en la Constitución Política de la República, las leyes y los instrumentos internacionales ratificados por Panamá.
El Ministerio de la Mujer tendrá como meta alcanzar los siguientes objetivos: 1. Reducir las causas estructurales de la desigualdad entre hombres y mujeres, promoviendo la participación de las mujeres en el desarrollo y el crecimiento del país. 2. Garantizar el respeto pleno de los derechos humanos de las mujeres. 3. Incrementar la igualdad en el acceso y control de los recursos para el desarrollo pleno de las mujeres y sus comunidades. 4. Coordinar y articular con todas las instancias del Estado la Política Pública de Igualdad de Oportunidades para las Mujeres. 5. Garantizar el derecho de todas las mujeres, sin distinción alguna, a una vida libre de violencia. 6. Garantizar el efectivo cumplimiento de las obligaciones contenidas en la Constitución Política de la República, las leyes y los instrumentos internacionales ratificados por Panamá.
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Date of text
Entry into force notes
La presente Ley comenzará a regir desde su promulgación.
Notes
La presente Ley modifica el artículo 2 y el numeral 11 del artículo 8 de la Ley 29 de 1 de agosto de 2005, y deroga la Ley 71 de 23 de diciembre de 2008.
Repealed
No
Serial Imprint
Gaceta Oficial Digital No. 29735-B, 8 de marzo de 2023.
Source language
Spanish
Legislation Amendment
No