Ley Nº 54 - Crea el Registro Nacional de Beneficiarios.
Country
Type of law
Legislation
Abstract
La presente Ley crea el Registro Nacional de Beneficiarios, como un instrumento de carácter técnico que permitirá concentrar una base de datos de todos los beneficiarios de los Programas de Transferencias Monetarias del Estado con categorización y priorización a los estratos sociales más carenciados. El Ministerio de Desarrollo Social reglamentará los mecanismos de clasificación de la población en condición de pobreza o pobreza extrema, congruentes con las definiciones del Ministerio de Economía y Finanzas. Estos criterios serán utilizados por todos los Programnas de Transferencias Monetarias y los programas que desarrolle la Secretaría Nacional para el Plan de Seguridad Alimentaria y Nutricional que focalicen en pobreza o pobreza extrema.
La presente Ley tiene como objetivo general promover la incorporación de los beneficiarios de los Programas de Transferencias Monetarias del Estado en un solo sistema, aumentando así la transparencia y equidad del gasto mediante: 1) La introducción de mejoras en la focalización de los Programas de Transferencias Monetarias, a través del diseño, aplicación y consolidación de un Registro Nacional de Beneficiarios, que contendrá información sobre las personas u hogares en situación de pobreza, pobreza extrema y/o discapacidad severa en condición de dependencia; 2) La eliminación de la duplicidad de registros y la minimización de los errores de identificación de las personas al momento de la inclusión y exclusión de cada uno de los beneficiarios de los Programas de Transferencias Monetarias; 3) La aplicación de los mecanismos de clasificación de la población que cumpla con los criterios de elegibilidad para ser beneficiarios de los Programas de Transferencias Monetarias, así como las debidas recertificaciones, que realizará el Ministerio de Desarrollo Social en su calidad de ente rector de la política social; 4) El seguimiento y avance de los Programas de Transferencias Monetarias, que permita generar información que posibilite la formulación de políticas y programas a nivel nacional; 5) La institucionalización de una plataforma única y centralizada de pago electrónico a los beneficiarios de los Programas de Transferencias Monetarias, integrada en el Registro Nacional de Beneficiarios y los Sistemas de Información Gerencial, que permita agilizar, racionalizar y monitorear el proceso de pago de manera centralizada.
La presente Ley tiene como objetivo general promover la incorporación de los beneficiarios de los Programas de Transferencias Monetarias del Estado en un solo sistema, aumentando así la transparencia y equidad del gasto mediante: 1) La introducción de mejoras en la focalización de los Programas de Transferencias Monetarias, a través del diseño, aplicación y consolidación de un Registro Nacional de Beneficiarios, que contendrá información sobre las personas u hogares en situación de pobreza, pobreza extrema y/o discapacidad severa en condición de dependencia; 2) La eliminación de la duplicidad de registros y la minimización de los errores de identificación de las personas al momento de la inclusión y exclusión de cada uno de los beneficiarios de los Programas de Transferencias Monetarias; 3) La aplicación de los mecanismos de clasificación de la población que cumpla con los criterios de elegibilidad para ser beneficiarios de los Programas de Transferencias Monetarias, así como las debidas recertificaciones, que realizará el Ministerio de Desarrollo Social en su calidad de ente rector de la política social; 4) El seguimiento y avance de los Programas de Transferencias Monetarias, que permita generar información que posibilite la formulación de políticas y programas a nivel nacional; 5) La institucionalización de una plataforma única y centralizada de pago electrónico a los beneficiarios de los Programas de Transferencias Monetarias, integrada en el Registro Nacional de Beneficiarios y los Sistemas de Información Gerencial, que permita agilizar, racionalizar y monitorear el proceso de pago de manera centralizada.
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Date of text
Repealed
No
Serial Imprint
Gaceta Oficial Nº 28.156, 11 de noviembre de 2016.
Source language
Spanish
Legislation Amendment
No