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Ley Nº 7 - Ley que adopta medidas para prevenir, prohibir y sancionar actos discriminatorios.

Country
Type of law
Legislation
Source

Abstract
La presente Ley tiene como objetivo prohibir y establecer la responsabilidad por todo acto de violencia que atente contra la honra, la dignidad, la integridad física y psicológica de las personas, proteger el derecho al trabajo en condiciones de equidad y establecer políticas públicas para prevenir estos actos, conforme a las convenciones sobre Derechos Humanos ratificadas por la República de Panamá. Para lograr el objetivo previsto, el desarrollo de la Política pública se enfocará en: 1) Sensibilizar, prevenir y prohibir con miras a erradicar el hostigamiento, acoso sexual o moral, racismo y sexismo en el ámbito laboral, educativo, comunitario y en cualesquiera otros ámbitos; 2) Imponer responsabilidades y sanciones, garantizando con ello los derechos humanos, la dignidad, el respeto y el bienestar de toda mujer u hombre de cualquier edad.
Cuando se compruebe que una persona ha sido víctima de alguna de las conductas descritas en esta Ley tendrá derecho: a) En caso de que haya sido despedida, a que se considere despido injustificado, de conformidad con lo establecido en el Código de Trabajo; b) Al cese de las consecuencias negativas de las oportunidades de empleo o de estudio denegadas; c) A que se dé por terminada la relación laboral, con derecho a percibir el importe de la indemnización por despido injustificado, de acuerdo con el Código de Trabajo, si expresamente lo solicita. La parte responsable deberá cubrir los gastos y costas del proceso.
Date of text
Repealed
No
Serial Imprint
Gaceta Oficial Nº 28.465, 15 de febrero de 2018.
Source language

Spanish

Legislation Amendment
No