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Resolución ADM/ARAP No.055 (De 27 de agosto de 2024) Que establece medidas para autorizar la entrada a puerto panameño a buques de pesca y de actividades relacionadas con la pesca de pabellón extranjero, y dicta otras disposiciones.

Country
Type of law
Regulation
Source

Abstract
Esta Resolución busca fortalecer el control y cumplimiento de las normas internacionales contra la pesca ilegal, no declarada y no reglamentada (INDNR), asegurando que las actividades pesqueras en aguas panameñas sean sostenibles, legales y transparentes y lo persigue regulando la entrada y uso de puertos panameños por parte de buques de pesca extranjeros y actividades relacionadas, para prevenir la pesca (INDNR).
Los puntos clave de la resolución conciernen los puertos designados y establecen que los buques extranjeros solo pueden ingresar a puertos específicos en Panamá, como Puerto Vacamonte, Balboa, Cristóbal, entre otros, cuyas coordenadas se detallan en la resolución.
Los buques deben solicitar una Autorización previa de Uso de Puerto con al menos 96 horas de anticipación al arribo. Además, deben notificar su llegada con 24 horas de antelación. La ARAP puede solicitar información adicional o realizar inspecciones antes de autorizar la entrada. La autorización puede ser denegada y el uso de puertos para servicios como desembarque, transbordo o repostaje prohibido, si el buque está involucrado en pesca INDNR.
Date of text
Repealed
No
Publication reference
Gaceta Oficial Digital, martes 10 de septiembre de 2024.
Source language

Spanish

Legislation Amendment
No