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Resolución Nº 244-ANATI ─ Reglamento Único de Revisión, Aprobación y Registro de Planos de Agrimensura y Planos de Fotogrametría.

Country
Type of law
Regulation
Source

Abstract
La presente Resolución aprueba el Reglamento Único para la Revisión y Registro de Planos de Agrimensura y Planos de Fotogrametría por la Dirección Nacional de Mensura Catastral de la Autoridad Nacional de Administración de Tierras (ANATI), y dicta disposiciones sobre la estructura orgánica de la ANATI. El Reglamento Único faculta privativamente al Departamento de Mensura, como también a las Direcciones Administrativas Regionales de la ANATI, para revisar y registrar los planos de agrimensura de áreas urbanas y rurales, y los planos provenientes de levantamientos fotogramétricos relativos a bienes inmuebles nacionales (límites urbanos, parques nacionales, autopistas y corredores, concesiones, programas de titulación masiva, etc.), en cuanto a ubicación, propietario, medidas y linderos de las mismas, y demás exigencias técnicas que se establezcan en la presente Resolución, o para negar su registro. La ANATI carece de competencia para dejar sin efecto o anular planos cuyos títulos estén debidamente inscritos en el Registro Público.
Los planos presentados a la ANATI para la revisión, aprobación y registro, que adolezcan de errores técnicos y que no sean retirados para su corrección por el interesado en el lapso de un año, posterior a la fecha de presentación, serán considerados como abandonados y la institución procederá en acto público cuatrimestral a destruirlos físicamente. Si el plano se encuentra conforme con las disposiciones, métodos, procedimientos y especificaciones, el funcionario facultado aprobará y registrará el mismo, quedando su original bajo la custodia de la Mapoteca nacional o provincial de la Dirección Nacional de Mensura Catastral o de la Dirección Administrativa Regional correspondiente.
La aprobación de plano consiste en el acto administrativo por el cual la ANATI dispone dar validez técnica, a través de su sello y firmas autorizadas, a una representación gráfica de agrimensura y demás elementos, sobre la base de hechos y datos de convicción técnicas catastrales y registrales oficiales de las cuales tiene constancia al momento de expedirse el acto. El registro de plano, por su parte, constituye la actuación administrativa de asignación de número y de fecha de inscripción del plano original, acaecida luego de aprobarse éste.
Date of text
Notes
Deroga la Resolución Nº 428 de 15 de octubre de 2008.
Repealed
No
Serial Imprint
Gaceta Oficial Nº 28.377, 2 de octubre de 2017.
Source language

Spanish

Legislation Amendment
No