Decreto de Urgencia Nº 026-2020 ─ Medidas excepcionales y temporales para prevenir la propagación del Coronavirus (COVID-19) en el territorio nacional.
Country
Type of law
Legislation
Abstract
El presente Decreto de Urgencia tiene por objeto aprobar medidas adicionales extraordinarias que permitan adoptar las acciones preventivas y de respuesta para reducir el riesgo de propagación y el impacto sanitario de la enfermedad causada por el virus del COVID-19, en el territorio nacional, así como coadyuvar a disminuir la afectación a la economía peruana por el alto riesgo de propagación del mencionado virus a nivel nacional.
Entre las medidas adicionales extraordinarias, se autorizan, entre otras: 1) Al Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social para la organización y desarrollo de una Red de Soporte para el Adulto Mayor con Alto Riesgo y la Persona con Discapacidad Severa; 2) A la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao (ATU) para la ejecución de acciones de prevención, limpieza y desinfección de las unidades del servicio público de transporte de personas; 3) El otorgamiento de una bonificación extraordinaria para el personal de la salud; 4) Financiar acciones de bioseguridad, acondicionamiento y habilitación de espacios físicos para fortalecer la provisión del servicio de salud; 5) Al Ministerio de Salud a contratar o firmar convenios, con los laboratorios clínicos, públicos o privados, para que, en apoyo al Instituto Nacional de Salud (INS), realicen la toma de muestras a domicilio a las personas que presenten sintomatología del COVID-19; 6) Al Ministerio del Ambiente (MINAM) a realizar contrataciones de bienes y servicios para el manejo y tratamiento de residuos municipales y biocontaminados.
Entre las medidas adicionales extraordinarias, se autorizan, entre otras: 1) Al Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social para la organización y desarrollo de una Red de Soporte para el Adulto Mayor con Alto Riesgo y la Persona con Discapacidad Severa; 2) A la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao (ATU) para la ejecución de acciones de prevención, limpieza y desinfección de las unidades del servicio público de transporte de personas; 3) El otorgamiento de una bonificación extraordinaria para el personal de la salud; 4) Financiar acciones de bioseguridad, acondicionamiento y habilitación de espacios físicos para fortalecer la provisión del servicio de salud; 5) Al Ministerio de Salud a contratar o firmar convenios, con los laboratorios clínicos, públicos o privados, para que, en apoyo al Instituto Nacional de Salud (INS), realicen la toma de muestras a domicilio a las personas que presenten sintomatología del COVID-19; 6) Al Ministerio del Ambiente (MINAM) a realizar contrataciones de bienes y servicios para el manejo y tratamiento de residuos municipales y biocontaminados.
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Date of text
Repealed
No
Serial Imprint
El Peruano, 15 de marzo de 2020.
Source language
Spanish
Legislation Amendment
No