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Decreto Nº 003-92-CDCH ─ Normas para sancionar infracciones ambientales y disuadir de actitudes que atenten contra los recursos naturales, el medio ambiente y la salud humana.

Country
Type of law
Regulation
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Keywords

Abstract
A tenor del presente Decreto se consideran infracciones ambientales: i) las violaciones al Código del Medio Ambiente y los Recursos Naturales; ii) las violaciones a las legislaciones sectoriales de relevancia ambiental; iii) las violaciones a las disposiciones ambientales municipales del distrito de Chancay. Las sanciones aplicables a estas infracciones son las previstas por las disposiciones pertinentes del Código del Medio Ambiente y los Recursos Naturales y por los textos municipales. Por otra parte, el Decreto prevé que: i) las empresas que omitan de suministrar informaciones relativas a los efluentes o que las falseen serán pasibles de una multa equivalente al 1 por ciento de su capital social; ii) quienes arrojen efluentes susceptibles de poner en grave peligro la salud humana estarán sujetos a la suspensión de la licencia de funcionamiento y a multa.
Date of text
Repealed
No
Serial Imprint
El Peruano Nº 4455, 22 de septiembre de 1992, pág. 109328.
Publication reference
FAL Nº 42, 1993, págs. 394 y 395.
Source language

Spanish

Legislation Amendment
No